Inicio AgendaEn defensa Tribunal Colegiado desampara a pueblo chontal que lucha contra la minería en Oaxaca

Tribunal Colegiado desampara a pueblo chontal que lucha contra la minería en Oaxaca

Por Anayeli García Martínez

Ciudad de México.- El 10 de diciembre, Día de los Derechos Humanos, el Segundo Tribunal Colegiado en Materias Civil y Administrativa, con sede en Oaxaca, decidió no revisar si la Ley Minera, vigente desde 1992, atenta contra los derechos colectivos del pueblo chontal.

Así lo determinaron los magistrados Roberto Meixueiro Hernández, Marco Antonio Guzmán González y Luz Idalia Osorio Rojas, quienes argumentaron que en enero de 2020 la empresa Minera Zalamera se desistió de la concesión minera 238447 denominada “Zapotitlán 1”, que le fue otorgada en 2011, por tanto ya no había materia para el juicio.

“El Segundo Tribunal Colegiado de Circuito decidió que el desistimiento de la concesión es algo que beneficia a las comunidades y que por tanto ya no hay ningún riesgo, ni ningún acto que mantenga vivo el juicio de amparo”, expuso la abogada de la organización Tequio Jurídico, Araceli Olivos Portugal.

Sin embargo, las mujeres y hombres afectados por la minería consideraron que los magistrados y la magistrada no protegieron al pueblo chontal ante  la Ley Minera, por lo que ésta se puede volver a aplicar en los municipios oaxaqueños de Santa María Zapotitlán, Santa María Ecatepec y Yautepec, otorgando nuevas concesiones en ese territorio.

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En su decisión, del 10 de diciembre, el Tribunal revocó la sentencia que dictó el Juez Cuarto de Distrito en San Bartolo Coyotepec, el 28 de febrero de 2020, en el que reconoció que el pueblo chontal y las comunidades afectadas por la minería tienen el derecho colectivo al territorio y a protegerlo.

Esta sentencia fue impugnada por el pueblo chontal sólo en la parte en que el juez pidió que se consultara a Santa María Zapotitlán si estaba de acuerdo o no en aceptar un proyecto minero en su territorio. El argumento del pueblo fue que desde 2016 la comunidad firmó un acta donde declaró que su territorio está prohibido para la minería.

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Para Tequio Jurídico no es la primera vez que ocurren estas decisiones donde se evita revisar los impactos de fondo de la Ley Minera, por ejemplo, también ocurrió en San Miguel del Progreso, en el estado Guerrero, donde la empresa minera se desistió de la concesión antes de que la Suprema Corte revisara el caso, para dejar sin efecto el juicio.

La abogada Olivos Portugal explicó a Cimacnoticias que el pueblo chontal no está de acuerdo con esta decisión del Tribunal Colegiado porque el desistimiento de la concesión fue una estrategia de mala fe.

A pesar de esto, señaló que la primera sentencia que dictó el juez está a punto de traducirse al Chontal y si bien ya no tiene efectos formales, es importante difundirla para reconocer que en un momento hubo una decisión judicial que por primera vez reconoció los derechos comunitarios de esta población.

21/AGM/LGL

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