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La violencia digital un contínuum de violencias de género

Por Edith González Cruz
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Ciudad de México.- En México 9 millones de mujeres mayores de 12 años han sufrido acoso cibernético, las adolescentes y jóvenes son las más expuestas a las insinuaciones y propuestas sexuales, con un 36 por ciento, mientras que otros delitos como el abuso (obligarnos a ver cosas de índole sexual) o el doxeo (divulgación de información personal como fotografías, videos sin el consentimiento de la dueña dela información, también incluye intervenir una computadora sin permiso) también muestran incrementos. Sin embargo, sólo el 11 de las víctimas de la violencia digital denuncian estos hechos ante el ministerio público. 

La violencia digital sexual no es la única, hay otras de tipo patrimonial que afectan de igual manera la vida de las personas, como el fraude (pishing), la usurpación de identidad o la extorsión, que si bien, también se viven en el espacio físico, en los últimos años son más frecuentes y rápidas en el espacio digital.

Para entender cómo han crecido y se han tipificado las violencias digitales, el Programa de Género de Wikimedia México, en el marco de los 16 Días de activismo contra la violencia de género, realizó un conversatorio con la abogada Leslie Jiménez, Coordinadora de Proyectos en la organización Impunidad Cero y especialista en derecho penal.

“Yo creo que debemos de buscar formas fuera de lo penal para atender las violencias digitales, no es que no necesitemos tipificar y castigar estos delitos, sino que la ley penal es reactiva, actúa cuando ya pasó el daño y no otorga herramientas de reparación del daño. Creo que gran parte de las formas de contener esta violencia radica en la colectividad, en la discusión que tengamos sobre los diferentes mecanismos de violencia que tenemos, identificarlas y atenderlas desde la prevención, desde el acompañamiento legal y emocional”, indicó.

La violencia digital es un tema muy complejo de entender porque no es física y las leyes hablan de cosas materiales. Por ejemplo, al hablar de violencia familiar o sexual, se entiende que los hechos involucran daños físicos o psicológicos; si se habla de violencia económica, el daño es patrimonial, sobre bienes; pero si se habla de violencia digital, se refiere a cosas inmateriales como los comentarios de odio, el acecho, el acoso, explicó la experta en procuración de justicia.

“La violencia digital es más compleja de entender porque la quieren estructurar o acotar a una computadora, pero se vive después de la computadora, después de estar ‘en la red’, impacta en la autoestima de la víctima, tiene la posibilidad de afectar, particularmente, el proyecto de vida de las mujeres desde una negatividad”.

“Los delitos que se viven a partir de las tecnologías de la información tienen un agregado más, independientemente de la afectación al patrimonio, y es que se pierde la confianza, se entra en una situación de estrés y ansiedad, luego se dejan de usar las herramientas tecnológicas y, en consecuencia, nos vamos quedando atrás, rezagadas tecnológicamente”, explicó.

A pesar de que la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia (LGAMVLV) y el Código Penal Federal, tipifican y sancionan la modalidad de violencia digital y mediática, no quedan claros sus alcances.

Por ejemplo se señala que “las mujeres pueden vivir violencia en espacios públicos o privados”, pero ¿dónde queda el internet de las cosas? ¿el espacio digital es público o privado? Esa ha sido la complejidad de entender lo que es la violencia digital. De ahí que la penalista pida el reconocimiento del espacio digital como un espacio más, no solamente el privado o el público.

Ley Modelo sobre Ciberviolencia

El incremento de delitos ocurridos en el espacio digital en todo el mundo, las lagunas existentes en el cuerpo jurídico y la nula información sobre sus características y la falta de herramientas legales adecuadas para brindar protección a las víctimas, ya fueron reconocidos por las Naciones Unidas. A la fecha, ONU Mujeres, la Unión Europea y el MESECVI (Mecanismo de Seguimiento de la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer, más conocida como Convención de Belém do Pará) desarrollan la Ley Modelo sobre ciberviolencia.

El informe “Ciberviolencia y Ciberacoso contra las mujeres y niñas”, señala que en América Latina existe una carencia “casi total” de políticas públicas para prevenir y erradicar la ciberviolencia y el ciberacoso contra mujeres y niñas. Además, no se cuenta con instancias especializadas para la atención de casos, ni con presupuestos adecuados para combatirla, pese a que este tipo de violencia se ha incrementado sostenidamente en la región. 

“La violencia digital forma parte del contínuum de violencias de género que afecta a mujeres y niñas en todas sus interacciones dentro y fuera de internet, y, por lo tanto, deben ser abordados como un tema de derechos humanos. La violencia en línea contra mujeres y niñas no solo permanece, sino que en ciertos casos aumenta, y se agrava con aquellas que son activistas, periodistas, lideresas, candidatas, políticas, académicas, artistas, celebridades, deportistas, y todas aquellas mujeres y niñas cuya vida digital cobra una dimensión pública”, indicó María Noel Vaeza, Directora Regional de ONU Mujeres para las Américas y el Caribe en la presentación del informe.

El informe analiza 25 estudios e investigaciones sobre la violencia de género digital en nueve países de América Latina. Se presentan algunas características comunes de la violencia de género digital en contra de las mujeres, como son:

  • Las principales formas de violencia digital reportadas por las víctimas son actos de ciberacoso y ciberhostigamiento sexual en contra de mujeres jóvenes y la difusión no consensuada de imágenes íntimas.
  • Las redes sociales son el espacio virtual y el medio en donde se registran una gran parte de los actos de agresión y violencia de género, destacándose Facebook y Twitter como las plataformas donde más violencia se ejerce en la región.
  • Las mujeres que utilizan las redes sociales para expresarse en favor de la igualdad de género, los derechos humanos de las mujeres y derechos de minorías son particularmente blanco de actos de ciberacoso.

De acuerdo con el artículo 1 de la Convención de Belém do Pará y el artículo 1 de la Declaración sobre la Eliminación de la Violencia contra la Mujer,  puede entenderse a la violencia de género en línea en contra de las mujeres y niñas como:

“Cualquier acción o conducta en contra de la mujer, basada en su género, que le cause muerte, daño o sufrimiento físico, sexual o psicológico, económico o simbólico, en cualquier ámbito de su vida, la cual es cometida, instigada o agravada, en parte o en su totalidad, con la asistencia de las tecnologías de la información y comunicación”.

Herramientas para habitar el espacio digital de forma segura

A la fecha, el 65 por ciento de las mujeres en el país no denuncian la violencia digital y quien intento denunciarla no tuvo respuesta alguna. Para reducir estas cifras, Leslie Jiménez incide en un proyecto de socialización del derecho penal para la atención de violencia de género y promueve la página Denuncia.org un sitio especializadoque facilita la denuncia de este tipo de violencias.

Entre las recomendaciones que compartió destacan:

No sentir culpa de estar en el internet de las cosas, lo importante es tener contraseñas, verificación en dos pasos, verificar links.

Actuar rápido, ya que pasó el delito, lo importante es evitar que siga sucediendo. Por ejemplo hackearon nuestro celular, bloquear inmediatamente la nube o el respaldo, para evitar la filtración de fotografías, videos o datos personales. Estos delitos suceden muy rápido y vienen de perfiles que no ubicamos, en lo que reaccionamos está sucediendo, por ello es esencial bloquear todo inmediatamente.

-Para denunciar tener bien clara la narrativa, señalar cómo sucedieron las cosas, antecedentes, aunque parezcan desligados del caso, todo son indicios. Muy importante: tener grabaciones (video) de la pantalla, más que capturas de pantalla.

-Denuncia digital por MP virtual. La CdMx y Nuevo León son las únicas don entidades que tienen desarrollada una plataforma para denunciar digitalmente. Los demás estados sí tienen plataformas pero muy limitadas, en la mayoría de los estados los catálogos de delitos son muy reducidos y más orientados a robos. Por ejemplo Jalisco no permite denuncias de delitos, solo extravío de documentos. Aún así, es importante denunciar.

-Hay cierto tipo de delitos que corresponden a agencias especializadas, si es de violencia digital sexual hay que ir a Fiscalía de Delitos Sexuales (en el caso de la Ciudad de México), pero si se involucra a personas menores de edad se va directo a la Fiscalía especializada de Niños y Adolescentes y ya no es por Ley Olimpia, es por pornografía infantil, cambia el delito. Si la víctima es una persona mayor, se va a la Fiscalía Especializada en Adultos Mayores. Si es de fraude, extorsión, amenazas, discriminación, en cualquier Agencia, de preferencia la mas cercana al domicilio. Si es de usurpación de identidad a Profeco o Condusef.

-Al denunciar verificar que nos den un folio o numero de expediente, el Código Nacional de Procedimiento Penales señala que la autoridad se puede abstener de investigar o no iniciar carpeta de investigación, en ese caso nos deben entregar un Acuerdo o un documento donde diga “que no es un delito y que le corresponde a un juez cívico”, con eso la víctima se pueden proteger u obligar a la autoridad correspondiente a atender el caso.

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