Ciudad de México.- Nayarit se convierte en la entidad número 15 en el país en alcanzar la despenalización del aborto, derogando así, las leyes punitivistas y discriminatorias contempladas en su código penal por ser consideradas discriminatorias en razón de género por un Tribunal Colegiado.
Con este escenario, la victoria de las mujeres nayaritas y feministas que conforman las colectivas REDefine Nayarit, Aquelarre Púrpura y GIRE, es motivo de festejo, considerando que Nayarit ocupa el lugar número 19 a nivel Federal con los registros más altos de mortalidad materna, entre los que se contempla el aborto, el trauma y complicaciones durante embarazo, según documenta la Secretaría de Salud Pública en su Informe de Notificación Inmediata de Muerte Materna.
Son las colectivas feministas conformadas por mujeres abogadas, comunicadoras y activistas quienes abren la puerta para que la Marea Verde entre a sus estados, tras una lucha de años, hoy Nayarit da una ofensiva en materia de derechos humanos.
«Hacemos un llamado al Congreso de Nayarit para que acate la determinación del Tribunal Colegiado y se brinde mayor seguridad a quienes deseen interrumpir su embarazo»
GIRE
El proceso de despenalización aún no termina y es que, a pesar de que se llegó a una resolución en el Tribunal, es necesario acelerar las reformas que se pautaron sobre el Código Penal nayarita. Según se estipuló, el Congreso de Nayarit deberá derogar sus artículos que criminalizan el aborto antes de que termine el periodo ordinario de sesiones.
¿Y esto cuánto tiempo es? De acuerdo al documento Periodo de Sesiones del Canal del Congreso, podemos entender que existen dos períodos ordinarios de sesiones por año legislativo:
- Del primero de febrero al 30 de abril
- Del primero de septiembre hasta el 15 de diciembre
Es decir, que el Congreso de Nayarit deberá modificar sus leyes contenidas en el Código Penal en los siguientes meses teniendo como límite diciembre de este año. Con esto, es necesario apuntar a que el aborto continúa estando penalizado en los artículos nayaritas hasta que el Código Penal local dicte lo contrario; las reformas deben comenzar a avanzar lo antes posible y no esperar hasta el límite del Periodo Ordinario de Sesiones.
¿Qué determinó el Congreso de Nayarit sobre el aborto?
Existen 4 puntos medulares en los que se sostiene la despenalización del aborto en Nayarit. El Segundo Tribunal Colegiado determinó lo siguiente:
- Criminalizar el aborto consentido o autoprocurado es un acto de violencia y discriminación de género. Esto último, porque reduce a las mujeres a su vida gestante, cuyo fin es la procreación.
- Se determinó inconstitucional imponer sanciones al personal de salud que realiza la interrupción del aborto de manra consentida. Esto discrimina y limita el ejercicio de un derecho libre a la salud para las mujeres.
- La penalización del aborto vulnera el derecho a la salud e impide el acceso a servicios sanitarios de calidad
- Se declaró inconstitucional la norma que refiere que «a juicio del médico que la asista, oyendo este el dictamen de otro médico, siempre que esto fuere posible y no sea peligrosa la demora», pues constituye un obstáculo para el acceso efectivo de la interrupción del embarazo por motivos de salud.
Recordemos que, hasta antes de que lograra este avance en el Tribunal, Nayarit no reconocía la interrupción del embarazo antes de las 12 semanas y tampoco contemplaba el aborto voluntario.
Solo reconocía tres escenarios en los que una mujer pudiera acceder a este derecho: Aborto producido por un accidente clínico, aborto en caso de abuso sexual y cuando la vida de la mujer corra peligro de seguir con su proceso gestacional

Al dirigirnos al actual Código Penal de Nayarit encontramos que en el Capítulo IX es una violatoria directa a los derechos sexuales y reproductivos, pues el artículo 336 contempla lo siguiente:
Se impondrá de cuatro meses a un año de prisión y multa hasta de cinco días de salario, a la madre que voluntariamente procure un aborto o consienta en que otro la haga abortar, si concurrieren estas cuatro circunstancias:
I. Que no tenga mala fama
II. Que haya logrado ocultar su embarazo;
III. Que éste sea fruto de una unión ilegítima
IV. Que el aborto se efectúe dentro de los primeros cinco meses del embarazo.
Faltando alguna de las circunstancias mencionadas, se aplicará de uno a tres años de prisión y multa hasta de veinte días de salario. La misma sanción se aplicará al que haga abortar a una mujer a solicitud de ésta en las mismas condiciones.

Las entidades donde se ha despenalizado el aborto son: Ciudad de México, Oaxaca, Hidalgo, Coahuila, Veracruz, Baja California, Colima, Sinaloa, Guerrero, Baja California Sur, Quintana Roo, Aguascalientes, Jalisco y ahora Nayarit, aún falta la mitad del territorio mexicano por despenalizar este derecho de las mujeres.