Ciudad de México.- En sesión extraordinaria, el Consejo General del Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Nuevo León (IEEPCNL) rechazó el proyecto promovido por cuatro mujeres para que sean solo candidatas quienes puedan contener por cargos de gobernatura y ayuntamientos del estado en el proceso electoral local 2026-2027, sobre todo en lugares donde nunca han tenido una mujer mandataria.
Es importante decir que el Consejo General del Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Nuevo León (IEEPCNL) llegó a esta determinación al argumentar que le corresponde al Congreso estatal llevar a cabo esta acción afirmativa y en caso de no lograrse, entonces podrían comenzar una gestión desde este órgano desconcentrado para hacer cumplir el principio de paridad en las elecciones del 2026-2027.
Cabe mencionar que actualmente, Nuevo León está gobernado por Samuel García Sepúlveda quien pertenece al partido de Movimiento Ciudadano (MC). De aprobarse las candidaturas exclusivas de mujeres para este cargo, era probable que la organización partidista postulara a Mariana Rodríguez Cantú, esposa del gobernador y una de las caras más reconocidas de esta fracción política en redes sociales.
El pasado 18 de julio de 2025, las ciudadanas Ofelia Miriam Arredondo Arrámbide, Gloria de Lourdes Malla López, Paola Alejandra Velázquez Moreno y Jennifer Coronado García, integrantes de la Asociación Civil Fundación Duque, realizaron diversas solicitudes al IEEPCNL para implementar acciones afirmativas en favor de las mujeres, quienes históricamente han sido relegadas de sus derechos políticos para acceder a un cargo.
El Consejo General del IEEPCNL rechazó esta solicitud y más tarde fue impugnada ante el Tribunal Electoral del Estado; sin embargo, el 28 de agosto, el Tribunal Local revocó la respuesta y ordenó al instituto electoral, emitir un nuevo acuerdo en el que se analizará la petición formulada contemplando disposiciones constitucionales, legales y jurisprudenciales relevantes sobre la competencia, originalidad, paridad de género y acciones afirmativas.
Ante este panorama, las consejeras y consejeros rechazaron de nueva cuenta la solicitud, ya que, entre el 9 de diciembre de 2024 al 29 de julio de 2025, el IEEPCNL realizó un estudio para el diseño de una acción afirmativa para revisar los criterios de las postulaciones de mujeres en cargos de presidentas municipales en ayuntamientos donde históricamente no han sido electas. En adherencia, argumentaron la realización de cinco mesas de trabajo para la creación de los lineamientos de paridad de género, el cual contempla la paridad sustantiva.
En cuanto a la elección de la Gobernatura, describieron que la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) publicó una resolución en la cual determinó que es el Congreso de la Unión y los congresos de las entidades federativas quienes tienen que emitir las regulaciones necesarias para la postulación paritaria de candidaturas de los partidos políticos a las gobernaturas antes del inicio de las elecciones. En este sentido, apuntaron que el Congreso de Nuevo León se encuentra dentro del plazo establecido para emitir reglas que permitan la postulación exclusiva de mujeres para este cargo.
A pesar de este panorama, las consejeras y consejeros señalaron que no están exentos de reconocer acciones afirmativas, por ello, en caso de que el Congreso de Nuevo León no emita reglas en la materia una vez que se termine el plazo, entonces el IEEPCNL podrá determinarlas para garantizar el principio de paridad en la gobernatura del estado.
Para la consejera Guadalupe Pérez, la decisión que tomó el IEEPCNL no es en contra de las acciones afirmativas para que las mujeres rompan el techo de cristal, sino que se trata de seguir los procedimientos adecuados en donde las instancias determinadas deban actuar. En este caso, el Congreso de Nuevo León aún dispone del plazo establecido para actuar, por lo que, el Instituto Electoral no cuenta con autoridad para seguir la solicitud presentada.
Aun así, puede supervisar que se cumpla con el principio de paridad, por lo que, se presentarse una omisión el IEEPCNL podría ejercer facultades para emitir medidas que fortalezcan la participación política de las mujeres, garantizar la igualdad en las elecciones y mantener mecanismos de coordinación con el Instituto Nacional Electoral (INE), ya que la Sala Superior del TEPJF manifestó que este organismo debe verificar el cumplimiento de la paridad en gobernaturas por parte de los partidos políticos.
«Hoy en Nuevo León persiste una deuda histórica con las mujeres y es el momento de sensibilizar y de impulsar reformas y medidas necesarias para que se avance en la regulación y que se haga efectiva la paridad en la gobernatura como una realidad plena en nuestra entidad» -Guadalupe Pérez, consejera del Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Nuevo León.
Alcanzar un cargo político en Nuevo León siendo mujer
De acuerdo con el informe «Participación Política de las mujeres en los ayuntamientos de Nuevo León» del IEEPCNL, en el estado el principio de paridad política quedó establecido por ley en el 2017, aunque el Congreso fue integrándose mayormente por mujeres desde antes. No obstante, a nivel local sí ha sido necesario la implementación de acciones afirmativas para aumentar la presencia de mujeres en los Ayuntamientos.
En Nuevo León, existen más mujeres candidatas en las regidurías y sindicaturas, que en las presidencias municipales. Tan solo entre 2003 y 2024 se contabilizaron 13 mil 271 y 2 mil 617 aspirantes a los primeros dos cargos, mientras que 641 mujeres solicitantes al último puesto. En total, ellas representan el 47% de las candidaturas lo que muestra que no alcanzan la paridad de género.
La diferencia abismal entre las candidaturas para presidencias municipales, regidurías y sindicaturas se debe a que los partidos políticos solo están cumpliendo con las cuotas de género porque saben que tienen mayores probabilidades de ganar estos cargos que las presidencias municipales.

«Este hecho puede atribuirse a la existencia de una cultura patriarcal que puede limitar también las oportunidades de las mujeres para acceder a cargos de liderazgo y tomar decisiones en espacios de poder; y, por otra parte (…) los medios de comunicación transmiten y refuerzan pautas de comportamiento y expectativas diferenciadas para mujeres y hombres según los estereotipos de género.» -Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Nuevo León
Asimismo, existe una tendencia de los partidos políticos de postular mujeres en municipios con menor posibilidad de ganar una elección o hay poca competencia, mientras que, si un distrito electoral es bastión determinado, se coloca a un hombre. Además, estas organizaciones colocan a las candidatas en municipios y no en zonas rurales donde tienen mayor garantía de ganar una elección.

En particular, el informe apunta que, los resultados de la participación política de las mujeres no se traducen en una agenda política que recupere sus intereses, ya que, pese a la introducción de cuotas y acciones afirmativas, la mayor presencia femenina sigue siendo marginada de la toma de decisiones. De esta manera, ellas son colocadas en temas relacionados con el desarrollo y la promoción de políticas de igualdad de género y en determinadas políticas sectoriales con bajo relieve político.
Llegar a la paridad de género
Históricamente las mujeres han luchado por sus derechos políticos, en 1953 pudieron votar y ser votadas, pero su primera participación fue en 1955 con la elección de diputados federales para la XLIII Legislatura, aunque tres años después, estuvieron presentes en la elección presidencial. De esta forma, México fue uno de los últimos países en integrarlas en el ámbito electoral.
A partir de 1990 se comenzaron a adoptar medidas para integrar a más mujeres debido a la subrepresentación que tenían en el ámbito político. En 1993, se introdujo la primera serie de acciones mediante una reforma impulsada por la campaña nacional de acciones afirmativas ‘Ganando Espacios’. En ella se recomendaba a los partidos la inclusión de las mujeres en sus postulaciones y no hubo sanciones si estos llegaran a incumplirlo.
Tres años más tarde, se estableció que los partidos no podían postular a más del 70% de personas del mismo género, exigiendo hasta 2002, el 30% mínimo de las candidaturas a las mujeres. También se dictaminó que por lo menos debería estar una persona del otro género en las candidaturas de representación proporcional que eran conformadas por 3 personas de cada segmento. Garantizando así, la inclusión de 3 mujeres en los primeros 9 lugares de la lista.
Para 2008, se incrementó el umbral de la cuota de género a 40% de representación femenina y 60% masculina. Además, se aumentó el segmento de representación proporcional a 5 candidaturas y se aclaró que no podían figurar más de 3 personas del mismo género. Sin embargo, se incluyó una cláusula que permitió a los partidos excusarse de seguir con este decreto.
No fue hasta 2014 que se abandonaron las cuotas de género para consagrar la paridad, la cual estipula que los partidos deben proporcionar sus candidaturas de forma paritaria para los congresos locales y federales. También se añadió una serie de condiciones que aseguraban su seguimiento como que el suplente del titular debía pertenecer al mismo género; se eliminó la opción de no obedecer dicha medida; se fomentó la participación femenina dentro de los partidos; y se aumentó el financiamiento dirigido a la capacitación, formación y promoción de liderazgo de la mujer.
Cinco años después, en 2019, se divulgó una reforma constitucional en el que se asentó la paridad de género y tuvo una influencia en los tres poderes del Estado y en los entes constitucionales autónomos. En 2024, el Congreso aprobó reformar la Constitución Mexicana en materia de igualdad sustantiva. Entre sus propuestas incluye la obligación de nombramientos de las personas titulares del poder Ejecutivo, Legislativo y Judicial desde el principio de paridad de género.
No obstante, persiste una resistencia para que las mujeres lleguen a estos cargos, ya que la decisión para que sean candidatas corresponde a la estrategia de los partidos políticos para ganar campo en el territorio mexicano, por lo que su acceso está ligado al uso que estas organizaciones quieran darles.