Ciudad de México.- Isaac Pimentel Mejía, presidente de la mesa directiva del Congreso local, anunció que dentro de este periodo legislativo se discutirá en el pleno el dictamen para despenalizar el aborto en el estado de Morelos y con ello acatar la sentencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) del 2023 y luego del 2025.
Es importante saber que en México hay 23 entidades que han despenalizado el aborto:
La decisión que se tomará próximamente en el Congreso Local de Morelos no debería ser considerada con mínima importancia, pues a través de la resolución de las y los legisladores podría comenzar a establecerse un cambio en favor de las mujeres morelenses, cuya vida se pone en riesgo ante la indiferencia del gobierno, que les niega el derecho a un aborto seguro y gratuito.
Según datos de la Organización Mundial de la Salud (OMS), el 13% de las muertes maternas a nivel global derivan de prácticas inseguras de aborto. En México, la cifra es similar ya que entre las principales causas se encuentran la enfermedad hipertensión, edema y proteinuria en el embarazo, parto y puerperio (13.2%); la hemorragia obstétrica (12.7%); el aborto (11.3%); y la embolia obstétrica (5.4%).
Recordemos que en el 6 de septiembre del 2023 la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) concluyó que el apartado del Código Penal Federal que criminaliza el aborto ya no tendrá efectos y, por lo tanto, a ninguna mujer, ni personal de salud, se le podrá castigar por abortar, por tanto IMSS, ISSSTE, PEMEX y cualquier institución de salud deberán brindar el servicio de aborto a todas las mujeres que lo soliciten.
Asimismo, la Corte ordenó que se elimine el delito de aborto en el Código Penal Federal. Al haberse aprobado por unanimidad, por tanto esta sentencia se vuelve obligatoria.
Ahora, años después de esa primera resolución en Morelos resolvieron durante este 2025 subir al pleno el dictamen que se derivó de que la Primera Sala de la SCJN, a inicios de este mes, donde se exhorta a la gobernadora de Morelos, Margarita González Saravia y a los Servicios de Salud estatales a realizar acciones para la despenalización del aborto, pese a que aún no se ha modificado el Código Penal local.
Presentar una resolución en favor de la marea verde resulta urgente, pues, de acuerdo con Tania Osiris, integrante de la colectiva “Aborto Legal en México”, tan solo en 2020 se identificaron 20 carpetas de investigación en contra de mujeres quienes realizaron la interrupción de su embarazo.
También fue a través del amparo 570/2024 promovido por 48 mujeres quienes reclamaron a las autoridades sus obligaciones de difundir, informar e implementar los servicios de aborto, se vincula al poder ejecutivo para lograr la despenalización del aborto en la entidad.
Tras la resolución de este amparo, la SCJN solicitó a los legisladores que, dentro del periodo legislativo de la 56 Legislatura llevaran a cabo la votación en favor o en contra de la despenalización del aborto. Sin embargo, Pimentel Mejía declaró que aún no se tiene establecida la fecha precisa para la discusión.
Mientras no se modifique el Código Penal, la resolución de la SCJN ordena que no se apliquen los artículos que penalizan el aborto voluntario. Ante ello, el Ejecutivo estatal y la Secretaría de Salud deberán habilitar un servicio de interrupción voluntaria del embarazo, con la responsabilidad de implementarlo, difundirlo y organizarlo.
Además, se solicitó que se realicen capacitaciones, campañas de difusión y talleres dirigidos al personal de salud, con el objetivo de difundir la importancia de no criminalizar el aborto voluntario y eliminar los estigmas que aún existen en relación con esta práctica.
Al revisar el actual Código Penal de Morelos, se identifica una violación directa a los derechos sexuales y reproductivos en el Capítulo III, pues el artículo 115 establece que quien provoque la muerte del producto de la concepción en cualquier momento del embarazo, sin importar el método empleado, será sancionado de la siguiente manera:
- Si se actúa con el consentimiento de la mujer embarazada, la pena será de uno a cinco años de prisión y de veinte a doscientos días-multa.
- Si se actúa sin el consentimiento de la mujer embarazada, la pena será de tres a ocho años de prisión y de cuarenta a cuatrocientos días-multa.
- Si el aborto se realiza mediante violencia física o moral, la pena será de seis a ocho años de prisión.
De no generar estas acciones se continúa arriesgando la vida de las mujeres. El principal motivo de muerte materna por aborto inseguro es la legislación restrictiva. En contextos donde el aborto está limitado legalmente, resulta complicado para las mujeres acceder a procedimientos seguros.
A nivel global, la Organización Mundial de las Salud (OMS) señala que en países con legislación restrictiva tres de cada cuatro abortos se realizan en condiciones inseguras, mientras que en aquellos donde el aborto es legal, nueve de cada diez procedimientos se realizan de manera segura.
De acuerdo con Ipas México, la probabilidad de que una mujer recurra al aborto es la misma, independientemente de si está legalmente permitido o no. Su prohibición no reduce la cantidad de abortos ni aumenta la natalidad; por el contrario, penalizarlo conduce a procedimientos inseguros y peligrosos, que generan morbilidad y mortalidad al no contar con proveedores calificados ni condiciones higiénicas adecuadas.
Despenalizar el aborto, ¿es suficiente?
Si bien el primer paso es exigir que las y los legisladores despenalicen el aborto, es importante destacar que la lucha no termina ahí.
En México, 23 entidades han despenalizado el aborto y el acceso a este derecho es libre. Sin embargo, el Grupo de Información en Reproducción Elegida (GIRE) ha denunciado que el IMSS mantiene una norma interna que impone requisitos adicionales que obstaculizan el acceso al aborto durante las primeras doce semanas de gestación.
En su informe “Maternidad o castigo. Hacia la despenalización del aborto en México”, GIRE reportó que en junio de 2023 interpuso un amparo contra dicha norma, que antes solo aplicaba en casos de violación, pero que ahora se ha extendido a todos los casos. Entre los requisitos impuestos por el IMSS se encuentran obligar a las mujeres a realizarse un ultrasonido, presentar una opinión jurídica, contar con la firma de dos testigos o con una orden de un juez o agente del Ministerio Público.
Cimacnoticias ha documentado que en estados como Zacatecas, mujeres que acudieron a unidades médicas que presuntamente brindan “aborto seguro” recibieron indicaciones de que ellas mismas debían comprar sus medicamentos para poder acceder al procedimiento.
De igual forma, la criminalización del aborto en Veracruz ha ocasionado que, en su mayoría, las instituciones de salud no sigan los métodos y protocolos correctos; exista desabasto de medicamentos abortivos; se genere revictimización y falta de empatía en el trato médico; y haya desinformación sobre la ruta de acceso a un aborto.
Asimismo, en Oaxaca se identifican dificultades operativas para garantizar el acceso al derecho a decidir. Entre los principales problemas se encuentran la falta de información adecuada, la insuficiencia de medicamentos necesarios y plazos que no se ajustan a las distancias geográficas de las unidades de salud.
Pese a que la despenalización del aborto en diversos estados de la República mexicana representa un avance significativo, es indispensable que este logro vaya acompañado de buenas prácticas dentro de los servicios de salud. Paralelamente, es necesario imponer sanciones a quienes intenten disuadir a las mujeres de su decisión, ya que se trata de una elección personal que no debe ser estigmatizada ni, mucho menos, criminalizada.