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Detrás de la Ley contra extorsión, en riesgo cobertura periodística: Artículo 19

Por Wendy Rayón Garay

Ciudad de México.- El pasado 25 de noviembre, la Cámara de Diputados aprobó las reformas a la Ley General para Prevenir, Investigar y Sancionar los Delitos en Materia de Extorsión; sin embargo, la organización Artículo 19 denunció que el marco regulatorio mantiene vicios que ponen en riesgo el ejercicio periodístico y la crítica en el país, sobre todo en el espacio digital, el cual amenaza la libertad de expresión de las periodistas.

La ley fue aprobada con 450 votos a favor y cero en contra en el Pleno de la Cámara de Diputados. Se trata de iniciativa propuesta por la presidenta Claudia Sheinbaum Pardo y entre sus modificaciones impone una pena de 15 a 25 años de prisión y una multa de trecientas a quinientas veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA) a quien cometa el delito de extorsión.

La estrategia de Sheinbaum fue, principalmente, unificar los criterios de extorsión en todo el país, por ejemplo, el cobro de piso o la imposición de precios en productos. Asimismo, se busca homologar las sanciones, las cuales pueden aumentar desde una tercera parte dependiendo de las circunstancias en las que ocurra la extorsión

No obstante, Articulo 19 apuntó que, en el artículo 15° no existen criterios específicos para mostrar que al momento de la extorsión hubo coacción, violencia o una conducta especifica donde se requiera una acción penal. De acuerdo con la aprobada ley, se cataloga como extorsión cuando se «obligue a otro a dar, hacer, dejar de hacer o tolerar algo, obteniendo un beneficio o lucro para sí o para otro o causando a alguien un daño o perjuicio patrimonial, moral, físico o psicológico».

Las y los defensores de la libertad de expresión hicieron hincapié en el artículo 17°, el cual especifica que si se utiliza un medio de comunicación «de los cuales se pueda realizar la emisión, transmisión o recepción de signos, señales, escritos, imágenes, voz, datos, sonidos o información de cualquier naturaleza o cualquier otro medio de comunicación electrónica, así como a través del empleo del espectro radioeléctrico» también puede ser catalogado como un delito de extorsión.

Para la organización, ambos artículos pueden crear un escenario en donde se castigue penalmente a las y los periodistas, así como a los medios de comunicación, sobre todo porque quien denuncie puede no permitir la libertad de expresión por la vaguedad del concepto «tolerar algo» que se describe como un ejemplo de extorsión.

Por otro lado, el hecho de catalogar el uso de «dispositivos, medios, servicios o plataformas» como motivos para ampliar la pena, crean una posible represión por la labor periodística y al mismo tiempo censura en el espacio digital.

«Cualquier persona, incluyendo servidoras públicas, podrían denunciar que la crítica y el cuestionamiento que se les plantea a través de la cobertura periodística es “extorsión”, por el simple hecho de considerarla incómoda y alegar daño moral o psicológico (…) la ambigüedad en el término, contenida en la ley en vías de aprobación, puede ser usada contra el ejercicio de los derechos humanos» -Artículo 19.

CIMAC Foto

Censura digital

Actualmente, México ocupa el lugar número 124 de 180 países en cuanto a la permisibilidad del derecho a la libertad de expresión, de acuerdo con la Clasificación Mundial de la Libertad de Prensa de Reporteros Sin Fronteras (RSF). Cuando se trata de mujeres periodistas, las consecuencias que atraviesan por su labor periodística son aún mayores por su género.

Siguiendo la información publicada por Comunicación e Información de la Mujer A.C. (CIMAC) en su informe «Las Formas del Asedio Violencia contra mujeres periodistas en el sexenio de López Obrador», durante el sexenio de Andrés Manuel López Obrador (2018-2024), se detectaron mil 189 casos de agresiones contra las comunicadoras (47 casos ocurrieron en la Mañanera) y el 90% de los casos denunciados quedan en impunidad.

Asedio de AMLO contra mujeres periodistas. Informe CIMAC registra mil 189 casos – cimacnoticias.com.mx

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No obstante, una de las mayores violencias que enfrentan las mujeres periodistas son las digitales. CIMAC reportó que en 2023 se documentaron 206 casos de agresión contra las comunicadoras, de las cuales el 79% correspondió a violencia psicológica que incluyó amenazas en línea, acoso digital y descalificaciones por su trabajo.

Frente a este escenario, periodistas optan por autocensurarse cerrando sus cuentas, dejando de cubrir temas, pidiendo medidas de protección o abandonado el país lo que genera desplazamiento digital, ya que expulsan a las mujeres del espacio público en redes sociales, lo cual para la investigadora Rossana Reguillo, investigadora en Ciencias Sociales y activista mexicana, es una forma de desaparición política.

Al mismo tiempo que esto ocurrió mientras el sistema informativo se transformaba hacia el espacio digital que ha generado nuevas formas de participación con las que las mujeres han roto importantes barreras, pero también se detectaron otras formas de control, vigilancia y agresión. En este contexto, la Red en Defensa de los Derechos Digitales (R3D) señala cuatro escenarios en los que la libertad de expresión se encara con otros derechos: el derecho al honor, intimidad y propia imagen; derecho de cancelación de datos personales; violencia política en razón de género; y derechos de autor.

Restringir la libertad de expresión en internet. Escenarios de censura para periodistas – cimacnoticias.com.mx

Continua Operación censura de la 4T

«Resulta particularmente preocupante que a nivel federal y estatal se presenten, de manera cada vez más recurrente, iniciativas de ley para inhibir -en diversos espacios y mediante distintas herramientas- el ejercicio de la libertad de expresión» sentenció Articulo 19. Durante 2025, se aprobaron varias reformas a leyes, cuyos efectos secundarios actúan como formas de censura contra la labor periodística.

Por ejemplo, en junio, Puebla publicó en su Diario Oficial estatal cambios legislativos para crear el delito de «ciberasedio» y castigar a quien cause daño a una persona a través del uso de tecnologías, redes sociales o cualquier espacio digital. En el mismo mes, desde Sinaloa se intentó una iniciativa similar al proponer reformas al Código Penal en materia de «violencia digital» y la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, no obstante, fue rechazada ya que defensoras alertaban violaciones a la libertad de expresión.

Operación Censura 4T en acción. Represalias desde el poder – cimacnoticias.com.mx

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Otros casos de censura se han dado como casos aislados contra las y los periodistas. En Campeche, la gobernadora Layda Sansores logró que cerraran el portal digital del medio de comunicación Tribuna de Campeche por emitir criticas ante su gestión; el periodista Miguel Alfonso Meza, integrante de Defensorxs, fue denunciado por el INE por violencia política en contra del excandidato a juez federal Luis Castañeda Palacios; el periodista Héctor de Mauleón fue censurado por su columna “Huachicol y poder judicial en Tamaulipas”; la ciudadana Karla Estrella fue denunciada por violencia política de género contra la diputada Diana Karina Barreras; y por el mismo delito denunciaron a la periodista Laisha Wilkins.

Derivado del clima de censura en el país, Artículo 19 exigieron que se garantice la tipificación del delito de extorsión sin desproteger el derecho a la libertad de expresión con ayuda de «una norma clara, precisa y exacta respecto de la conducta reprochable, y de su sanción». Por otro lado, pidieron que se deseche por completo el articulo 17° para evitar la restricción desproporcionada a este derecho.


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