Cerramos el año con el sabor dulce de la esperanza y la justicia. Dos sentencias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos nos recuerdan que la justicia llega tarde pero más vale tarde que nunca.
Cuando se han agotado todas las instancias nacionales, la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) representa un último escalón para las víctimas. La CoIDH recibe los casos y emite sentencias que se vuelven emblemáticas y aplicables para los casos venideros en una lógica de máximo tribunal al que México atiende.
La semana pasada la CoIDH emitió dos sentencias para casos que sucedieron hace 20 años. Nuevamente, esperanza y justicia. Más vale tarde que nunca.
El 19 de diciembre, Norma Andrade, madre de Lilia Alejandra García Andrade, víctima de feminicidio en Ciudad Juárez en 2001, con el equipo legal especializado del Grupo de Acción, lograron la Sentencia de la Co IDH. En marzo pasado sucedió la audiencia frente a la corte para lograr que 24 años después del feminicidio se reconozca la falta de garantías para niñas y niños en orfandad por feminicidio, el desplazamiento al que fueron obligadas dado el riesgo que vivían en Chihuahua y se realice una revisión de la política pública para prevenir, atender y erradicar la violencia contra mujeres y niñas en México.
Es de destacarse que en este feminicidio, las pruebas de ADN son muy importantes pues han logrado confirmar que no se trata de un caso aislado sino que hay al menos cinco casos con el mismo ADN de feminicidio de niñas.
La sentencia García Andrade reconoce que la tortura por violencia sexual la pueden cometer también particulares. La tortura sexual cometida por elementos del ejército ya se había señalado en sentencias anteriores.
Ernestina
Este diciembre también llegó la sentencia de Ernestina Ascencio, una adulta mayor de 73 años indígena nahua de Zongólica, Veracruz. En 2007, Ernestina fue torturada sexualmente por miembros del Ejército mexicano el 25 de febrero de 2007, luego de que un campamento militar se instalara en las inmediaciones de su vivienda como parte de la estrategia de combate al narcotráfico implementada por el Estado desde 2006.
La violación sexual sufrida por Ernestina Ascencio Rosario constituyó un acto de tortura al ser intencional y provocarle graves sufrimientos físicos y mentales con fines de humillación y control; además determinó que el Estado violó su derecho a la salud, ya que fue trasladada durante horas sin recibir atención y falleció en el Hospital Regional de Río Blanco antes de ser intervenida quirúrgicamente, situación agravada por la falta de intérpretes de náhuatl que dificultó la comunicación con el personal médico.
18 años después, la Co IDH sentenció al Estado mexicano como responsable por la tortura sexual cometidas por integrantes del ejército mexicano. Tras la audiencia sucedida en enero de 2025, la Corte Interamericana, ordenó al Estado implementar medidas de reparación, como la de implementar una investigación penal exhaustiva sobre la violación sexual, tortura y muerte de Ernestina para identificar, procesar y sancionar a los responsables; brindar tratamiento médico, psicológico y/o psiquiátrico a las y los familiares; realizar un acto público de reconocimiento de responsabilidad internacional.
Además se le dictó implementar programas de formación y capacitación para funcionarios públicos; fortalecer el Centro de Atención Especializada de Soledad Atzompa, y crear un Registro Nacional de Intérpretes y Traductores en Lenguas Indígenas para los sistemas de salud y justicia.
Esas dos sentencias se suman a cinco sentencias históricas:
La sentencia de 2010 del caso de Inés y Valentina Fernández, dos mujeres indígenas tlapanecas, que sufrieron violencia sexual y tortura por parte de militares en febrero de 2002.
La sentencia de Valentina Rosendo Cantú en 2010, torturada sexualmente por militares en 2002 en la que la CIDH sentenció al Estado mexicano por la violación y tortura y ordenó implementar políticas públicas dirigidas a los servicios de salud integral para las mujeres indígenas.
La sentencia del caso Atenco en 2018 en la que la CIDH condenó al Estado mexicano por su responsabilidad en la violencia sexual, violación y tortura que vivieron 11 mujeres durante los operativos del 3 y 4 de mayo de 2006, ordenados por el entonces gobernador Enrique Peña Nieto, se caracterizó por el uso de la fuerza de manera indiscriminada y excesiva.
En 2009, la sentencia de Campo Algodonero, en Chihuahua tras la localización sin vida de ocho mujeres, entre ellas Claudia Ivette González, Esmeralda Herrera Monreal y Laura Berenice Ramos Monárrez el 6 de noviembre de 2001, en un campo algodonero de Ciudad Juárez, Chihuahua. El caso llevado a la CIDH en marzo de 2002, aceptado en 2007 y dos años después se sentenció al Estado mexicano como responsable en la desaparición y muerte de las jóvenes .
En 1994, las hermanas González, indígenas tzetzales fueron torturadas sexualmente por militares del 41 batallón de infantería en un retén militan en Altamirano Chiapas. Dos años después el caso se presentó a la CIDH y en 1999 fue aceptado por ésta. El primer caso de México pues en 1998 había reconocido la jurisdicción de la CIDH.
¿Qué tienen de común los casos? Aunque todas las mujeres vivimos el riesgo por ser mujeres, estos casos expresan la doble o triple vulnerabilidad por ser mujeres precarizadas o indígenas.
Llegar a la Co IDH quiere decir que la impunidad prevalece en las autoridades mexicanas y en todas, la Corte concluyó que el Estado mexicano es responsable por no investigar pero sobre todo, por no implementar políticas para prevenir, atender, castigar y erradicar la violencia contra las mujeres y las niñas.
Es destacable el papel de las organizaciones civiles que hacen la diferencia entre la corrupción estatal y la impunidad y el acceso a la justicia al acompañar a las víctimas durante años y representarlas en instancias como la CIDH, como el Grupo de Acción, el Centro de Derechos Humanos Agustín Pro Juárez (Centro ProDH), Tlachinollan, entre otras.
Estas sentencias recomiendan la difusión de las mismas sentencias como un recordatorio de que no debemos perder de la memoria lo que el Estado no ha hecho por la vida de las mujeres. Comunicar que la sociedad sepa que el Estado debe responder y que la justicia llega, aunque sea tarde.
