Inicio AgendaSolo 8 entidades de México adecuaron su ley para sancionar el matrimonio infantil

Solo 8 entidades de México adecuaron su ley para sancionar el matrimonio infantil

Por Wendy Rayón Garay

Ciudad de México.- Pese a su prohibición en el Código Civil Federal y el Código Penal Federal, las niñas y adolescentes en México siguen siendo llevadas a matrimonios infantiles o en cohabitación forzada y esto, para la política indígena zapoteca Eufrosina Cruz Mendoza se debe a que las entidades no han homologado sus códigos penales para sancionar la práctica y denunció que hasta el momento solo 8 lo han llevado a cabo.

Los estados que han homologado sus códigos penales para sancionar los matrimonios infantiles son: San Luis Potosí, Tamaulipas, Oaxaca, Guerrero, estado de México, Campeche, Quintana Roo y ahora Chiapas a raíz del caso Deisy.

En entrevista para Cimacnoticias, Eufrosina Cruz Mendoza especificó que persiste una confusión sobre cuál es la protección en las leyes que protegen a las niñas y adolescentes en cuanto a los matrimonios infantiles. Actualmente, el artículo 148° del Código Civil Federal establece haber cumplido los 18 años para contraer matrimonio y se homologó en su momento en 31 códigos civiles a excepción de Baja California.

Esto se logró desde 2019 cuando legisladoras y legisladores cambiaron las leyes tras una resolución de inconstitucionalidad de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

Antes de dicha modificación, México permitía a los adolescentes hombres de 16 años y mujeres de 14 años contraer matrimonio. También se derogó la posibilidad de que las autoridades locales y familiares concedieran dispensas o consentimientos para permitir la práctica.

A partir de 2023, el Senado de la República aprobó modificar el Código Penal Federal para crear Capítulo IX y sancionar la cohabitación forzada de personas menores de 18 años. El artículo 209° Quáter establece que se impondrá una pena de ocho a quince años de prisión a quien lo infrinja y la sanción puede ser mayor cuando se trate de una niña o adolescente de alguna comunidad indígena o afromexicana.

Extracto del Código Penal Federal

Sin embargo, Eufrosina Cruz Mendoza declaró que la falta de sanción en los códigos penales de las entidades para castigar punitivamente el delito representa una laguna legal que permite el incremento de casos. Por ello, desde la Fundación Eufrosina Cruz —una iniciativa dirigida a las mujeres y niñas indígenas para erradicar la violencia y discriminación— han realizado trabajos para pedir la homologación de la tipificación de los matrimonios infantiles o cohabitación forzada.

«Necesaria una sanción punitiva (que muchos no creen que sea la solución), pero es el inicio de sancionar una acción que debió de haber sido delito desde siempre.» -política indígena zapoteca Eufrosina Cruz Mendoza.

El pasado 30 de enero de 2026, el Congreso de Chiapas aprobó una reforma para modificar su Código Penal en materia de cohabitación forzada con la finalidad de castigar el matrimonio infantil y las uniones informales obligadas, sobre todo en los pueblos y comunidades indígenas donde se lleva a cabo la práctica a través de los usos y costumbres.

Durante el mes de enero, el estado de Chiapas recibió la atención nacional ante el caso de la niña Deisy quien siendo menor de 14 años ingresó a urgencias de un hospital de San Cristóbal de Las Casas, en Chiapas, para parir a su bebé.

De acuerdo con información del Observatorio de Mortalidad Materna en México (OMM), la niña llegó al hospital a inicios del mes acompañada de un joven de aproximadamente 18 años, quien mencionó ser su esposo y padre biológico del bebé.

En México, al menos 237 mil 175 niñas y adolescentes de entre 12 y 17 años casadas o en uniones tempranas, de acuerdo con datos del Censo de Población y Vivienda (2020). El informe «Voces de niñas y adolescentes. Una aproximación a las causas de los matrimonios infantiles» elaborado por Save The Children señala que Chiapas es la segunda entidad con mayores registros con un total de 25 mil 490 casos solo después del estado de México que cuenta con 33 mil 163 casos.

Gráfica del informe «Voces de niñas y adolescentes. Una aproximación a las causas de los matrimonios infantiles» de Save the Children

Algunos factores que motivan su práctica es la falta de recursos económicos, lo que impulsa la unión temprana para reducir la carga económica; también las normas sociales y de género que reafirman el papel de las mujeres destinados a la maternidad, el trabajo doméstico o de cuidado; el género y la sexualidad para tener el control sobre sus cuerpos; los contextos de violencia y conflictos armados; y como una decisión personal donde no hay coerción sino una alternativa de plan de vida.

No obstante, cuando niñas y adolescentes se encuentran en este tipo de uniones se afecta su desarrollo integral exponiéndolas a otros tipos de violencia como abuso sexual, venta de niñas, sobrecargada del trabajo de cuidados, explotación del trabajo doméstico y agrícola, embarazo adolescente e incluso la muerte materna.

Según compartió Eufrosina Cruz Mendoza, desde la fundación se ha trabajado para presionar a los congresos estatales a realizar la homologación en sus códigos penales, principalmente hablan con las legisladoras. Recientemente viajaron a Puebla para presentar la iniciativa y lo mismo en Baja California, Colima, Chihuahua y Sonora. No obstante, pese a no encontrar resistencias, remarcó que persiste el desconocimiento de las diputadas y diputados sobre el tema.

«Han sido absurdos los desconocimientos, dicen: «Ay, a poco no está no que está castigado.» Una cosa es la prohibición, otra cosa es la sanción, o les dices, «No frieguen.» son sus leyes locales, ¿sabes?» -política indígena zapoteca Eufrosina Cruz Mendoza.





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