Ciudad de México.- Por unanimidad de votos, las ministras y ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ordenaron revocar la sentencia emitida por el Primer Tribunal Colegiado del Décimo Tercer Circuito en materia penal el pasado 25 de agosto de 2025 con la cual se liberó a los dos principales responsables de la desaparición forzada de la defensora Claudia Uruchurtu Cruz, quienes ya contaban con una sentencia condenatoria.
Claudia Uruchurtu Cruz es una defensora de derechos humanos que a sus 47 años fue víctima de desaparición forzada en Nochixtláx, Oaxaca, el pasado 26 de marzo de 2021. De acuerdo con información del Instituto Mexicano de Derechos Humanos y Democracia A.C. (IMDHD), la defensora tenía cuatro años denunciando corrupción y problemas agrarios en la región y se había involucrado en la defensa de la población ante abusos y extorsiones de las autoridades municipales.
Otras acciones que realizó como defensora fue denunciar la falta de servicios básicos como el drenaje y calles pavimentadas en Nochixtláx, acusó que la entonces alcaldesa Lizbeth N. utilizaba recursos destinados a combatir el COVID-19 para financiar su reelección, presentó escritos contra las autoridades municipales ante los tres órdenes de gobierno por corrupción, desvío de recursos, desfalcos y abuso de poder. En consecuencia, enfrentó una campaña de desprestigio e intimidación que ocasionaron violencia física y verbal en contra de ella y su hijo.
Mientras participaba en una manifestación frente al edificio del ayuntamiento de Nochixtláx para exigir la liberación de una persona privada de la libertad, la defensora fue seguida y subida de forma violenta a una camioneta de color roja que estaba al servicio del municipio, según señala el Instituto Mexicano de Derechos Humanos y Democracia A.C. (IMDHD). Pese a la existencia de videos captados por testigos del momento en que fue capturada, estos fueron eliminados de redes sociales después de recibir amenazas y no se proporcionó más información a las autoridades.
El caso de Claudia Uruchurtu fue el primero en la entidad de Oaxaca con la que se logró una vinculación a proceso por el delito de desaparición forzada en donde los señalados eran autoridades municipales que estaban en funciones. En mayo de 2021 se detuvo a la alcaldesa Lizbeth N. por su probable participación como autora intelectual de la desaparición de la defensora. También se detuvo a tres personas servidoras públicas, entre ellas el director jurídico y su guardia de seguridad personal.
A estos se sumaron dos personas más detenidas hasta julio de 2021, por lo que suman en total 5 personas señaladas. Para el 2022 se emitió una sentencia contra la alcaldesa, pero no se logró condenarla por el delito de desaparición forzada, sino por haber obstaculizado la investigación y le dieron una sentencia de cuatro años, mientras que el resto obtuvieron tres sentencias de 40 años y una de 60 años.
A raíz de que se absolvió a la exalcaldesa Lizbeth Victoria Huerta y su exconsejero jurídico el pasado 25 de agosto de 2025, el Instituto Mexicano de Derechos Humanos y Democracia A.C. (IMDHD) organización que acompañó el caso, emitió un comunicado hacia diferentes autoridades solicitando una evaluación de las políticas públicas que se implementan a favor de las víctimas de desaparición forzada y que permitieran contar con acciones efectivas para la búsqueda, localización y acceso a la justicia incluyendo la reparación integral.
Esta agresión contra Claudia Uruchurtu no es aislada. Datos de IM-Defensoras señalan que entre 2019 y 2024 documentaron 10 mil 262 agresiones contra 2 mil 3030 mujeres defensoras y 143 organizaciones. Tan solo en México ocurrieron la tercera parte de ellas (38.2%) en cuatro estados de la República: Ciudad de México (18%), Chiapas (7%), Oaxaca (6.7%) y el estado de México (6.5%).
Asimismo, estas mujeres son aquellas que defienden en el país el derecho a la información y libertad de expresión; el derecho a una vida libre de violencia; así como las defensoras de la tierra, el territorio, el medio ambiente y los bienes comunes las más afectadas.
Actualmente, información del Registro Nacional de Personas Desaparecidas y No Localizadas (RNPDNO) indica que, al corte del 9 de febrero de 2026, existen 132 mil 54 personas desaparecidas, de las cuales 28 mil 953 fueron mujeres. De acuerdo con el Espacio de Organizaciones de la Sociedad Civil para la Protección de Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas (Espacio OSC), desde el 1 de enero de 2016 han sido asesinadas o desaparecidas 63 personas defensoras, periodistas y colaboradores de medios vinculados a esta labor: 15 mujeres y 48 hombres.
La orden
El proyecto fue presentado por el ministro Arístides Rodrigo Guerrero García a raíz del amparo directo 5887/2025 para solicitar revocar la sentencia emitida por el Tribunal y que se dicte una nueva resolución con perspectiva interseccional y de género del juicio de amparo directo 486/2025 con la cual tanto el hombre y la mujer acusados fueron liberados sin que se tomaran en cuenta las pruebas desahogadas en el juicio y los estándares internacionales de derechos humanos.
De acuerdo con el ministro Arístides Rodrigo Guerrero, la desaparición forzada es una de las formas más graves de violencia que afecta tanto a la víctima como a sus familias, por lo que el caso de Claudia Uruchurtu requiere de un análisis judicial más cuidadoso y especializado. Por ello, el proyecto del ministro propone que las personas juzgadoras deban considerar como elemento las pruebas circunstanciales, indirectas y el contexto en el que ocurrieron los hechos.
También apunta que debe tomarse en cuenta utilizar un enfoque diferenciado debido a la situación de vulnerabilidad por tratarse de una mujer defensora de derechos humanos, quien enfrenta riesgos diferenciados por su género y labor. Es decir, que con frecuencia son agredidas o violentadas no solo por lo que hacen, sino por quienes son lo que implica una forma de discriminación.
«En el proyecto se destaca que este enfoque diferencial en casos de mujeres defensoras de derechos humanos puede verse materializado con la adopción de la perspectiva de género e interseccionalidad. Una metodología que todas las personas juzgadoras se encuentran obligadas a aplicar en situaciones de violencia, discriminación o vulnerabilidad en las que el género en conjunto con otras características puede ocasionar un impacto distinto en una persona» -ministro Arístides Rodrigo Guerrero.
Hay que señalar que el Instituto Mexicano de Derechos Humanos y Democracia A.C. (IMDHD) solicitó al actual presidente de la SCJN, Hugo Aguilar Ortiz, que al asumir el cargo, garantizara que los argumentos federales y estatales sobre desapariciones forzadas no se separaran de los estándares internacionales de derechos humanos. Asimismo, que pidieron la Suprema Corte revocara la sentencia emitida por el Primer Tribunal Colegiado del Décimo Tercer Circuito al analizar el amparo directo 5887/2025 relacionado al caso de Claudia Uruchurtu estableciendo así un precedente en materia de protección de los derechos de las víctimas de desaparición forzada.




