Washington, D.C.- El Comité de Expertas del Mecanismo de Seguimiento de la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer, “Convención de Belém do Pará” (MESECVI) expresó su profunda preocupación y rechazo frente al Proyecto de Ley N°10342, actualmente en trámite en el Congreso de la República del Perú, que propone eliminar la figura penal del feminicidio y sustituirla por la de “asesinato de pareja”.
Dicha iniciativa, de ser aprobada, comprometería el cumplimiento de las obligaciones asumidas por el Estado peruano en virtud de la Convención de Belém do Pará y de otros instrumentos internacionales en materia de derechos humanos de las mujeres, afirmó el organismo.
Hay que señalar que el Comité de Expertas es el órgano técnico del MESECVI, responsable del análisis y evaluación del proceso de implementación de la Convención de Belém do Pará. Está integrado por Expertas independientes, designadas por cada uno de los Estados Parte entre sus nacionales, quienes ejercen sus funciones a título personal.
Fueron precisamente quienes señalaron que ha tenido conocimiento, a través de la preocupación manifestada por organizaciones de la sociedad civil y otras actorías relevantes, así como de información difundida por medios de comunicación, de que la iniciativa en discusión propone una redefinición sustancial del delito de feminicidio, al reemplazarlo por una figura penal limitada a los asesinatos cometidos en el marco de relaciones de pareja, eliminando la referencia a la muerte violenta de mujeres por razones de género y excluyendo supuestos comprendidos en la tipificación vigente.
Detallaron que el CEVI observa con especial preocupación que los cambios legislativos propuestos debilitarían las capacidades estatales para prevenir, atender, investigar, sancionar y reparar la muerte violenta de mujeres y niñas.
Asimismo, afectarían o impedirían el acceso efectivo a la justicia para las víctimas y sus familiares y podría favorecer la impunidad de los responsables de actos de violencia contra las mujeres. También comprometería la capacidad del Estado para producir información especializada, formular políticas públicas basadas en evidencia y desarrollar respuestas oportunas e integrales frente a la violencia contra las mujeres.
En este sentido, el Comité recordó que la Convención de Belém do Pará, de la cual el Perú es Estado Parte, reconoce que la violencia contra las mujeres puede ocurrir tanto en el ámbito privado como en el público y en cualquier relación interpersonal, en la comunidad o incluso ser perpetrada o tolerada por el Estado.
De igual modo, los artículos 7 y 8 obligan a los Estados a actuar con la debida diligencia para prevenir, investigar, sancionar y erradicar todas las formas de violencia contra las mujeres, así como a adoptar medidas progresivas que eviten retrocesos en su protección.
Frente a ello, el CEVI enfatizó que la protección de los derechos humanos en general y en específico los derechos de las mujeres, es de carácter evolutivo; retroceder en la tipificación del femicidio/feminicidio llevándolo al ámbito privado, implica el incumplimiento de dicho carácter.
Desde su Declaración sobre el Femicidio de 2008, el Comité recordó que:
«Los femicidios/feminicidios constituyen la manifestación más grave de discriminación y violencia contra las mujeres y los definió como la muerte violenta de mujeres por razones de género, ya sea que ocurra en el ámbito privado, en la comunidad o sea perpetrada o tolerada por el Estado. Asimismo, ha sostenido que su reconocimiento jurídico constituye una herramienta fundamental para visibilizar esta forma específica de violencia, combatir la impunidad y garantizar el acceso a la justicia para las mujeres y sus familias».
En la misma línea, la Ley Modelo Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Muerte Violenta de Mujeres por Razones de Género (femicidio/feminicidio), desarrollada por el Comité de Expertas, reconoce la importancia de tipificar el feminicidio como parte de la respuesta integral frente a esta forma de violencia. Asimismo, subraya que la tipificación penal no resulta suficiente por sí sola, sino que debe ir acompañada de políticas públicas y acciones estatales coordinadas e intersectoriales orientadas a su prevención, atención, investigación, sanción y reparación.
Por todo lo anterior, el Comité de Expertas hizo un llamado a las autoridades del Estado peruano y, en particular, al Poder Legislativo, a preservar y consolidar los avances alcanzados en materia de tipificación del feminicidio y a continuar fortaleciendo las respuestas integrales dirigidas a prevenir, atender, investigar, sancionar y reparar esta forma de violencia que atenta contra los derechos humanos de mujeres y niñas.
El Comité reafirma que la prevención y erradicación del feminicidio requiere fortalecer las capacidades estatales y los marcos normativos e institucionales desarrollados para garantizar una respuesta efectiva frente a esta forma extrema de violencia contra las mujeres.




