Como en la mayoría de los países en los que el aborto es considerado un delito, las estimaciones sobre su incidencia en nuestro país varían considerablemente. Así en 2003, la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM) publicó un estudio donde estimaba que aproximadamente medio millón de niñas y mujeres recurren a abortos, tanto legales como ilegales, cada año en México.
Sin embargo en 2005, la UNAM publicó una versión actualizada de dicho estudio, concluyendo que las cifras anteriores habían subestimado seriamente la incidencia del aborto y que el número anual de abortos en México era cercano a un millón, señala el informe «Víctimas por partida doble. Obstrucciones al aborto legal por violación en México», elaborado por la organización civil Human Rights Watch.
El aborto ha sido considerado un delito en México por lo menos desde 1931. La ley federal inicial, aún en los libros, castiga el aborto con penas de uno a tres años de prisión cuando es llevado a cabo con el consentimiento de la mujer embarazada y con tres a seis años cuando se lleva a cabo sin su consentimiento.
Tanto las mujeres como quienes practican el aborto pueden ser procesados por este delito.
Debido a la estructura federal de México, las disposiciones sobre el aborto contenidas en el Código Penal Federal resultan generalmente irrelevantes para el tratamiento de este tema a nivel estatal y sólo resultarían aplicables si el aborto se llevara a cabo bajo jurisdicción federal exclusivamente.
El Código Penal de 1931 ha servido como modelo para los códigos penales estatales. Desde enero de 2006, todos los códigos penales estatales penalizan el aborto, tanto para la mujer embarazada que recurre al aborto como para el profesional de la salud que lo provee.
Las sanciones aplicables varían de un estado a otro, pero la pena que se prescribe con mayor frecuencia es de entre seis meses a cinco o seis años de prisión.
En Campeche, Durango, Jalisco, Estado de México, Hidalgo, Nayarit, Oaxaca, Puebla, Tamaulipas, Yucatán y Zacatecas, la pena es más baja cuando la mujer que abortó «no tiene mala fama», cuando el embarazo es el resultado de una relación sexual extra matrimonial y cuando la mujer logra mantener su embarazo en secreto.
En México existen siete circunstancias en las que el aborto está amparado por la ley, pero en ninguna entidad federativa se les reconoce a todas. La violación es la única causal legal aceptada en todo el país.
Respecto a las mujeres que se encuentran presas por abortar, Human Rights Watch señala que la mayoría de los funcionarios entrevistados en los estados informaron que no conservan información específica sobre el número de mujeres que se encuentran en prisión.
Sin embargo apunta que en Guadalajara, el proceso judicial de niñas y mujeres que han tenido abortos ilegales no resulta desconocido, ya que Carmen Hernández Rosas, directora del equipo médico forense del estado, informó a la ONG que «de agosto a diciembre de 2005 llevaban diez casos de mujeres acusadas por aborto ilegal».
07/GT/GG