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Denuncia alcaldesa priista ser víctima de violencia electoral

Por la Redacción

La alcaldesa electa Petra Barrera Barrera, del Partido Revolucionario Institucional (PRI), denunció ser víctima de violencia institucional por parte de la Segunda Sala Unitaria del Tribunal Electoral del Estado de Guanajuato (TEEG), a cargo de la magistrada Martha Susana Barragán, quien la removió como presidenta municipal electa para favorecer al candidato del Partido Acción Nacional (PAN).

Lo anterior se da luego de que el abanderado de Acción Nacional, Rogelio Moya, interpusiera una serie de impugnaciones en algunas casillas electorales, con el argumento de que un capacitador presionó a las y los electores para que votaran a favor de Petra Barrera Barrera, situación de la que, asegura la priista, no tiene prueba alguna.

«Con artimañas, el PAN logró que el TEEG fallara a su favor, a pesar de saber que gané legalmente; fue la gente quien así lo decidió, sin embargo la voluntad del pueblo nunca fue tomada en cuenta como parte relevante en los argumentos del tribunal», agregó.

En comunicado informó que la sentencia del pleno del tribunal representa un hecho arbitrario y manipulado que respalda los intereses de un partido por encima de los derechos políticos de la ciudadanía, pues no existen pruebas para corroborar lo dicho por el abanderado del PAN.

«A lo largo de 117 páginas, el tribunal se dio a la tarea de sostener que los agravios expuestos por el PRI eran infundados, improcedentes e inoperantes frente a la acusación de la primera resolución emitida por la que se anuló la casilla 2605 instalada en la comunidad de Paredes, lo que trajo como consecuencia el cambio de la votación en detrimento del PRI».

Ante estos hechos, Barrera Barrera, promovió el 15 de agosto un Juicio de Revisión Constitucional Electoral en la Sala Regional de la Segunda Circunscripción del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Trife) con cabecera en Monterrey, Nuevo León, para reclamar la decisión que dio a conocer el Tribunal de Guanajuato el 11 de agosto, sin que hasta el momento se haya dictaminado.

Es por ello que la alcaldesa electa exige un proceso con perspectiva de género, justo, transparente y democrático, ya que considera ser víctima de violencia institucional pues, de acuerdo con el Artículo 18 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, este tipo de violencia se define como «los actos u omisiones que las y los servidores públicos de cualquier orden de gobierno que discriminen o tengan como fin dilatar, obstaculizar, o impedir el goce y ejercicio de los derechos humanos de las mujeres».

«La actuación del Tribunal guanajuatense me perjudica al dilatar y obstaculizar e impedir el ejercicio de mis derechos políticos para asumir un cargo de elección popular», afirmó.

Agrega que lo anterior queda claro en las dos sentencias emitidas por el órgano en las que se manipula e interpreta la legislación electoral para justificar su decisión, dejando muy lejos la protección de los derechos políticos de las mujeres.

El municipio de Santa Catarina, conjuntamente con Celaya, Irapuato y Pueblo Nuevo, fueron los lugares donde el PRI impugnó la resolución del TEEG, en el caso de Santa Catarina y Pueblo Nuevo, cambió los resultados a favor del PAN, mientras que en Celaya e Irapuato dejó la elección como estaba, a favor de Acción Nacional.

El PRI llevó su inconformidad ante el Trife; en los dos primeros casos para que revoque la decisión del Tribunal estatal, y en los otros dos para que cambie el resultado de la elección en su favor, por considerar que hubo fraude en el resultado de la elección.

09/GTR /LG

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