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Congreso de Chiapas elimina plazo de 90 días para acceder a un aborto en casos de violación

Por Berenice Chavarría Tenorio

Con 23 votos a favor, cuatro en contra y nueve abstenciones, el Congreso de Chiapas aprobó una reforma que elimina el plazo de 90 días para acceder a un aborto en caso de violación.

El artículo 181 del Código Penal establecía que el aborto no será castigado “cuando el embarazo sea consecuencia de violación, si este se verifica dentro de los noventa días a partir de la concepción o cuando la madre embarazada corra peligro de muerte, o pueda determinarse que el producto sufre alteraciones genéticas o congénitas que den por necesario el nacimiento de este con trastornos físicos o mentales graves, previo dictamen del médico que la asista”. 

Por lo que la reforma aprobada el 2 de mayo de 2023 eliminará dicho plazo únicamente en casos de violación, por lo que la víctima podrá solicitar dicho servicio incluso después de los 90 días.

Con dicha aprobación el Congreso únicamente estaría refrendado lo que dicta la NOM 046, la cual garantiza a las mujeres víctimas de violación en todo el país el derecho al aborto y a la atención médica de calidad en una institución pública.

“Aunque la Ley General de Victimas y la NOM 046 no establecen ningún plazo para acceder al aborto, se tiene conocimiento que los servicios de salud local se negaban a realizar abortos por violación después de los 90 días”, detalló Ninde MolRe, abogada y feminista. 

La reforma se hizo posible gracias al amparo en revisión 438/2020 a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) que promovió Jessica, una adolescente con parálisis cerebral severa que fue victima de violación y que le negaron su derecho al aborto por NOM 046 en el Hospital de Tapachula, Chiapas. 

En este caso la Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió en 2021 que poner requisitos para acceder al aborto, como un plazo, violenta los derechos humanos de las victimas de violencia sexual.

Fue así como se determinó presentar dicha iniciativa con el objetivo de vigilar la dignidad humana y el libre desarrollo de la personalidad de las mujeres, “cuyo embarazo no es producto de una decisión libre y consentida, sino resultado de conductas arbitrarias y violentas que desconocen su carácter de sujeto autónomo y que por lo mismo se trata de conductas que se encuentran tipificadas penalmente y son reprochables por el Estado”. 

Necesario tipificar despenalizar aborto en toda la entidad

Durante el debate en el que se aprobó la reforma, la diputada Floralma Gómez Santiz, del Partido Verde, recordó que el estado tiene la obligación de reformar para despenalizar el aborto voluntario y regular la objeción de conciencia.

CIMACFoto: María Esparza Quintana

«Hay que garantizar los derechos de las mujeres, garantizando su primer derecho que es el derecho a decidir sobre su propio cuerpo, su primer territorio», expresó.

Y es que en la entidad la interrupción del embarazo es sancionada. Lo que ha provocado que las mujeres de Chiapas acudan a practicarse abortos clandestinos o que incluso viajen a la Ciudad de México, donde este procedimiento es legal.

Tan solo de abril 2007 a marzo de 2023, 81 mujeres han viajado de Chiapas a la CDMX para acceder a un aborto. Por ello feministas y activistas continúan trabajando para que el aborto sea despenalizado en su totalidad.

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