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Con Juicio Ciudadano, mujeres indígenas y afro de Oaxaca piden rectificar lineamientos del INE

Por Citlalli López Velázquez

Oaxaca.- Integrantes del Observatorio Estatal de Ciudadanas para la Participación Política de Mujeres Indígenas y Afromexicanas presentaron una demanda de juicio ciudadano ante la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación. Esta acción legal se dirige contra el Acuerdo INE/CG527/2023 debido a su contenido al considerar que contraviene el principio de certeza electoral.

Las mujeres indígenas y afromexicanas argumentan que el acuerdo no establece un número definido de candidaturas para cada uno de los cinco grupos en situación de vulnerabilidad, lo que permite a los partidos políticos favorecer a un grupo sobre otro y socava la igualdad sustantiva. Esto, afirman, va en contra de los principios fundamentales de legalidad, imparcialidad, objetividad y no discriminación.

Y es que parte del acuerdo establece que para personas afromexicanas, con discapacidad, de la diversidad sexual, en pobreza y mexicanas migrantes residentes en el extranjero, los partidos deberán postular 20 fórmulas a diputaciones y 4 a senadurías.

En una conferencia de prensa, las integrantes del MUJINAF (Movimiento de Mujeres Indígenas y Afromexicanas) expresaron su deseo de que se revoque el acuerdo actual y se promulgue uno nuevo que maximice los derechos políticos de las personas pertenecientes a los pueblos indígenas.

Además, instaron a los partidos políticos a cumplir con las medidas especiales y a garantizar que los órganos encargados del proceso electoral promuevan activamente la representación política de mujeres indígenas y afromexicanas.

En medio de esta acción legal, también manifestaron su preocupación por la crisis institucional que enfrenta el Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca (IEEPCO) al comienzo del proceso electoral. La suspensión temporal de Elizabeth Sánchez González, presidenta de dicho instituto y la primera mujer en ocupar dicho cargo, ha generado inquietudes.

Las demandantes consideraron que la acción del órgano de control interno, que no está dentro de sus atribuciones, constituye una forma de violencia institucional. Además, señalaron que el Consejero Presidente Provisional, actualmente es un hombre, lo que viola los principios de género que establecieron: cuando una mujer es removida de un cargo, su suplente debe ser del mismo sexo.

Antecedente

El pasado 21 de septiembre el Instituto Nacional Electoral (INE), informó que on la reciente modificación al modelo de acciones afirmativas, el Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) dijo haber ampliado la cobertura de representación para los grupos más “desaventajados” de México: las personas en pobreza e indígenas de todo el país, aseveró el Consejero Arturo Castillo Loza.

Al impartir la conferencia La importancia de las acciones afirmativas en la garantía de los derechos político-electorales, Castillo Loza estableció que aun cuando el principio de igualdad y no discriminación está postulado en la Constitución, en el Consejo General hubo de ponderarse con otros tres preceptos: de representación efectiva, de oferta política y de auto organización de los propios partidos políticos.

Fue así que, en el caso de las personas indígenas, en la Cámara de Diputados deberá haber una cuota de representación de 30 curules, 18 de Mayoría Relativa y 12 de Representación Proporcional, mientras que habrá representación en otros 20 espacios, 12 de Mayoría Relativa y ocho de Representación Proporcional, para migrantes residentes en el extranjero, personas en pobreza, de la diversidad sexual, con discapacidad y afromexicanas.

Del mismo, en el Senado -explicó el Consejero Electoral- las acciones afirmativas aprobadas permitirán el acceso de 10 personas más, cinco indígenas en cualquiera de los dos principios, así como una fórmula para personas afromexicanas, otra para personas con capacidades diferentes, una más de la diversidad sexual y de migrantes residentes en el extranjero.

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