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Hasta 25 años de prisión a quien se beneficie por vientre de alquiler, propone PRI

Por Rita Magaña Torres

Ciudad de México.- En la Cámara de Diputados, el PRI impulsa una iniciativa para imponer una pena de 15 a 25 años de prisión y multa de 2 mil a 30 mil días del valor diario de la Unidad de Medida y Actualización a quien, mediante contrato, se beneficie de la gestación subrogada o vientre de alquiler y de la entrega de la niña o niño producto de la misma, pues lo importante es pensar en regulaciones que protejan los derechos humanos de todas las partes, especialmente de las mujeres gestantes y los menores nacidos.

Vientres de alquiler, maternidad o gestación subrogada son términos con lo que se le conoce al acuerdo de reproducción asistida en la cual una mujer gesta el hijo de otra persona o pareja con incapacidad, es decir, desarrolla el embarazo para alguien más; sin embargo, esta actividad plantea preocupaciones éticas y legales, y la posibilidad de explotación o trata de personas.

Los procedimientos de gestación subrogada o por sustitución en México carece de una regulación nacional. En México solo dos estados la permiten: Sinaloa y Tabasco, y otros dos la prohíben explícitamente: Querétaro y Coahuila, es uno de los procedimientos con mayor polarización de posturas. Los estados, las organizaciones civiles y la iniciativa privada tienen opiniones diversas; algunos la consideran una forma de explotación, otros la creen factible en condiciones dignas.      

El contrato para vientres de alquiler, maternidad o gestación subrogada será nulo de pleno derecho, indica la iniciativa impulsada por la diputada del PRI, Nélida Ivonne Sabrina Díaz Tejeda, y que fue enviada para su revisión a la Comisión de Derechos Humanos para dictamen, que adiciona el artículo 30 Bis a la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos.

La propuesta expone que, en México, la gestación subrogada es un tema complejo y su regulación varía de un estado a otro. Sin embargo, no existe una legislación federal específica que regule la gestación subrogada en todo el país.

Menciona que algunos estados han establecido sus propias leyes al respecto, lo que ha llevado a disparidades significativas en la forma en que se maneja este tema en diferentes regiones. La gestación subrogada plantea preocupaciones éticas y legales, y la posibilidad de explotación o trata de personas es una de ellas.

Díaz Tejeda subraya que los controles rigurosos impuestos hasta la fecha sobre las agencias y profesionales involucrados se han mostrado insuficientes y como una puerta para que organizaciones criminales exploten a las mujeres para garantizar que la gestación subrogada se lleve a cabo.

Abunda que la cooperación entre las autoridades locales, agencias gubernamentales y organizaciones internacionales puede fortalecer los esfuerzos para prevenir la trata de personas en el contexto de la gestación subrogada.

Precisa que la consideración de esta actividad como trata de personas es un tema complejo y debatido en el ámbito internacional. En algunos casos, las mujeres que actúan como gestantes subrogadas pueden estar en situaciones económicas precarias y pueden ser motivadas por la necesidad financiera a participar en ella.

Esto plantea la preocupación de si están tomando una decisión completamente libre y voluntaria. Por ello, se requiere analizar si se centran en la posibilidad de que las mujeres gestantes no tengan plena autonomía en la toma de decisiones. “Pueden estar influenciadas por presiones sociales, económicas o familiares, lo que lleva a preguntas sobre la autenticidad del consentimiento”.

La legisladora del PRI argumenta que la inadecuada o nula regulación en algunos lugares puede dar lugar a la explotación de mujeres en situación de vulnerabilidad. Sin protecciones legales y salvaguardias adecuadas, las mujeres pueden enfrentar condiciones injustas y ser explotadas en el proceso.

Sobre todo, añade, cuando la subrogación se convierte en un negocio lucrativo, en tanto que existe el riesgo de que se priorice el beneficio económico sobre la protección de los derechos y el bienestar de las mujeres gestantes. “Este enfoque comercial permite afirmar que la gestación subrogada se presenta como una forma de trata de personas. La falta de supervisión y control puede dar lugar a abusos”, precisa.

Maternidad subrogada en México

El debate sobre si debe o no permitirse la maternidad subrogada está aún sobre la mesa, sin embargo, para organizaciones como el Grupo de Información en Reproducción Elegida (GIRE) es urgente que se atienda este pendiente en el ámbito legislativo.

A pesar de que no hay una cifra exacta, los nacimientos de bebés por gestación subrogada en México ocurren desde hace varios años. La organización feminista GIRE –cuya misión es lograr una transformación en México a través de la exigencia de justicia reproductiva–, mantiene sus primeros registros de acompañamiento de mujeres gestantes en el país desde 2014.

Si bien no hay una regulación nacional, al menos dos estados en el país permiten ya este tipo de contratos: Tabasco y Sinaloa. En 1997, Tabasco introdujo una regulación sobre gestación subrogada en su código civil, que simplemente contemplaba el registro de menores nacidos a partir de estos acuerdos. Mientras que, en Sinaloa, la figura se introdujo en 2013, con restricciones para acceder a los acuerdos que en gran medida han impedido que el estado se convierta en un destino de gestación subrogada.

Las personas mexicanas y extranjeras que buscan convertirse en padres mediante gestación subrogada fácilmente pueden recurrir a internet para contactar a una de las distintas agencias que ofrecen este servicio en el país.

GIRE considera que regular esta práctica no hará que se transformen las condiciones de las mujeres que las orillan a establecer estos acuerdos, en cambio, se establecerían espacios restrictivos, la práctica podría conducirse bajo la clandestinidad o trasladarse a otros lugares donde exista mayor ambigüedad en la ley o mayor permisibilidad.

En 2021, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) se pronunció sobre este tema, al reconocer que, ante la falta de una regulación, las partes involucradas en un procedimiento de este tipo siguen desprotegidas, vulnerables a diversas violaciones a sus derechos humanos.

La SCJN consideró que es inconstitucional impedir a los extranjeros el acceso a la maternidad subrogada al resolver un amparo promovido por la empresa Fertility Center en contra de diversos artículos del Código Civil de Tabasco. Así, la determinación abrió la posibilidad para que empresas que operan como intermediarias, con personas que desean participar en esta técnica de reproducción, ofrezcan sus servicios a cualquier persona, incluidos los extranjeros.

A la fecha y pese a la resolución de la Corte, solo 2 estados tienen leyes específicas sobre maternidad subrogada, mientras que Coahuila, San Luis Potosí y Querétaro la maternidad subrogada está prohibida y en el resto de las 27 entidades del país no hay ningún tipo de ley, y aunque ha habido intentos de legislar a nivel local y federal estos no se han materializado, como ocurrió en febrero de 2022 en la Ciudad de México, en donde se presentaron dos iniciativas que buscaban regular la maternidad subrogada y que desató protestas por parte de grupos feministas, al considerar este modelo de gestación como una forma de explotación de las mujeres.

Por ello, GIRE insiste en que tanto el Congreso de la Unión como la Secretaría de Salud deben atender sus obligaciones y emitir una normativa en el tema, compatible con los derechos humanos y con los avances de la ciencia.

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