Inicio AgendaProponen legalizar vientres de alquiler en Puebla, pese a ser otra modalidad de trata

Proponen legalizar vientres de alquiler en Puebla, pese a ser otra modalidad de trata

Por Paola Piña

Ciudad de México.- La diputada Nayeli Salvatori, integrante de MORENA, presentó al Congreso de Puebla una iniciativa de ley para regular la gestación asistida y subrogada bajo el argumento de brindar protección a las mujeres. Sin embargo, esta propuesta ignora que los vientres de alquiler constituyen una forma de esclavitud moderna que vulnera los derechos y la dignidad de mujeres, así como de niñas y niños.

Según señala la propuesta de la diputada, es necesario una garantía de los derechos humanos y de la salud de las personas implicadas dentro de la gestión asistida y subrogada. Esto porque existen casos donde la práctica ocurre de manera clandestina, afectando así afectan particularmente a las mujeres embarazadas y a los recién nacidos mediante esta técnica.

Por ello, se busca admitir la figura de “Gestación por contrato” en dos modalidades: la primera, la subrogada donde la mujer gestante es inseminada aportando sus propios óvulos y, después del parto, entrega al recién nacido a la madre o pareja contratante mediante adopción plena; y la segunda, la sustituta cuando la mujer es contratada exclusivamente para portar en su vientre un embrión obtenido mediante la fecundación de gametos de la pareja o persona contratante, el cual será entregado a otra mujer o pareja mediante adopción plena.

Cabe señalar que en la presentación de la reforma no se contempla qué ocurre si la mujer decide interrumpir el embarazo, situaciones que incluyen complicaciones de salud o escenarios de coerción económica o familiar. Asimismo, tampoco se consideran los derechos de las niñas y niños nacidos por este método, ignorando por completo las múltiples violaciones a su integridad y dejándolos en total desprotección ante una ley que omite sus necesidades.

El lado oculto de la maternidad subrogada

De acuerdo con el artículo «La maternidad subrogada como esclavitud» de Pilar Estellés, aprobar la maternidad subrogada equivale a admitir que la dignidad de la mujer y del hijo gestado mediante estas técnicas pueda ser degradada a un medio u objeto, fruto de la cosificación e instrumentalización de su condición humana, para satisfacer deseos (no derechos) de parentalidad.

Además, la investigadora advierte que esta práctica mercantiliza la maternidad y transforma el cuerpo de la mujer en una herramienta de producción, lo cual es “incompatible con la dignidad humana”. Esto implica la explotación de mujeres, muchas veces en situación de necesidad y vulnerabilidad, llegando incluso a la esclavitud.

La “alquilación” de vientres suele darse en mujeres que enfrentan contextos de pobreza y falta de libertad, los cuales son factores determinantes. La negación de derechos y oportunidades por parte del Estado orilla a que estas mujeres se sometan a tales procedimientos; por lo tanto, más que una decisión individual, se trata de una elección condicionada por la necesidad, así lo señala la investigación Maternidad por subrogación y pobreza, de Eugenia Baldessari.

Pese a ello, la reforma centra la visión de la mujer gestante únicamente como portadora, ignorando su individualidad y autonomía. No se considera si recurre a la subrogación por necesidad económica, ni se prevén mecanismos de protección como representación legal gratuita o acompañamiento psicológico. Por el contrario, la iniciativa se limita a imponer reglas y restricciones a las mujeres gestantes.

Por ejemplo, establece que la Secretaría de Salud debe determinar su perfil clínico, psicológico y social; prohíbe contratar mujeres con antecedentes de alcoholismo, drogadicción, tabaquismo o problemas de salud mental. La mujer debe tener entre 25 y 35 años, gozar de buena salud biopsicosomática (donde se consideran factores biológicos, psicológicos y sociales) y otorgar un consentimiento voluntario e informado. Además, no debe haber estado embarazada en 365 días previos ni haber participado en este procedimiento más de dos veces consecutivas.

En añadidura, datos del Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF) advierten que las niñas y niños nacidos mediante este procedimiento corren el riesgo de sufrir violaciones a sus derechos humanos, como el derecho a la identidad, al nombre, a la nacionalidad, a la salud, a las relaciones familiares, al acceso a sus orígenes y al derecho a no ser vendidos.

¿Por qué se considera trata de personas?

En México, solo dos estados han regulado de forma específica la maternidad subrogada: Sinaloa y Tabasco. Este último fue el primero en legislarla, a través de su Código Civil local, incorporando el capítulo “Gestación Asistida y Subrogada” en 1997. La normativa abordó el tema de la reproducción asistida y la maternidad subrogada, aunque sin definir con claridad el contenido de los contratos.

Keith López Nares, jefa de redacción de la revista Las Libres, explicó anteriormente a Cimacnoticias que en 1997 Tabasco legisló a favor de esta práctica sin discutir las consecuencias. “A la fecha no se sabe cuántas niñas y niños nacieron, a quiénes se vendieron, si están vivos o hacia qué país se los llevaron, lo que demuestra la irresponsabilidad con la que se manejó el tema y la deshumanización de las mujeres tabasqueñas” relató.

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Tras este tipo de regulación, la internacionalista Keith López Nares explicó que existen clínicas que trasladan a mujeres desde Cancún, Ciudad de México y Estado de México hacia Tabasco para realizarles los procedimientos necesarios, por lo que constituye una forma de trata de personas: “El traslado y el aislamiento de una mujer con un consentimiento casi obligado claramente es trata”, afirmó.

Una vez separadas de sus familias, las mujeres deben someterse a diversas indicaciones de las empresas, como no trabajar, permanecer en cama durante los nueve meses de embarazo y mantenerse alejadas de sus parejas y seres queridos. Las empresas no son las únicas involucradas, de acuerdo con Keith López Nares, la mayoría de las mujeres que rentan sus vientres están casadas, y sus esposos desempeñan el rol de “proxenetas reproductivos” en todo el proceso.

Tal y como sucede en Tabasco, el regular esta problemática, es vulnerar por completo los derechos humanos de las mujeres y niñas implicadas, pues se desatiende las necesidades económicas que las inclina a tomar tal decisión. Esto las expone a tratos inhumanos como la trata de persona y la explotación por parte por parte de un sistema que las reduce solo a su capacidad de gestar y solo vela por intereses y deseos de las personas con poder adquisitivo.

Vientres de alquiler, bárbaros del patriarcado y el uso de nuestros cuerpos: la mirada de Rosa Cobo – cimacnoticias.com.mx


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