Ciudad de México.- La sentencia García Andrade y otros Vs México emitida por el la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CoIDH) el pasado 19 de diciembre del 2025 abrió la posibilidad de crear en el país una política pública en favor a las niñas, niños y adolescente en orfandad por feminicidio (NNAOF) porque desde la documentación de la violencia feminicida iniciada en Ciudad Juárez a finales de la década de los 90 en el siglo XX ha permitido saber que el cuidado y desarrollo de estas infancias son asumidos principalmente por otras mujeres de su familia en ausencia del Estado mexicano.
El feminicidio de Lilia Alejandra y la tarea de cuidado que asumió Norma Andrade a la par de buscar justicia en el caso evidenció que las infancias en orfandad por esta violencia terminan siendo cuidadas por su abuelas o tías, mujeres de sus familias en contextos de precariedad y desgaste emocional. La pérdida de sus madres implica la ruptura de sus entornos de protección, la interrupción de su vida escolar y el desdibujamiento de su estabilidad emocional.
Andrade aseveró que si desde el 2001 cuando enfrentó junto con su familia el feminicidio de su hija Lilia Alejandra hubiera existido una política pública en favor de lasas niñas, niños y adolescente en orfandad por feminicidio (NNAOF), su nieta Jade y nieto Kaleb habrían podido recibir al menos atención psicológica y médica a tiempo, pues la defensora de derechos humanos ha tenido que asumir los costos económicos que se ven repartidos junto con la manutención.
La desprotección económica es una de las barreras a las que se enfrentan las infancias en orfandad por feminicidio ya que, en palabras de Norma Andrade, cuando las infancias pierden a sus madres, pierden el sostén de quienes mantenían una familia. En el caso particular de Jade y kaleb, hijos de Lilia Alejandra, fue la defensora junto con su esposo quienes asumieron la responsabilidad del cuidado, pero apuntó que no todos corren con esa suerte.
Maternar después del feminicidio de su hija, la historia de Norma Andrade – cimacnoticias.com.mx
Desde la organización Nuestras Hijas de Regreso a Casa, la cual cofundó junto con la maestra de su hija y también defensora Marisela Ortiz, Norma Andrade trabajó con 25 niñas, niños y adolescentes en orfandad por feminicidio proporcionando acceso a terapia psicológica, despensas y ropa que era entregada a las abuelas, ya que la mayoría de ellas eran de escasos recursos.
Cabe señalar que este tema no es nuevo, en 2017, Cimacnoticias realizó la primera investigación sobre las orfandades por feminicidio y desde entonces constató la ausencia de una política pública específica y de información estadística que mostrara las dimensiones de los efectos del feminicidio.
Datos del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Público (SESNSP) indica que solo en 2025 ocurrieron 721 casos de feminicidios en México; sin embargo, Chihuahua conformó la tercera entidad con mayor incidencia con un total de 49 casos en el último año y el municipio de Chihuahua es parte de los 20 municipios donde se concentraron el 27.3% de los delitos.

Desde entonces se reportó que la Comisión de Igualdad de Género había avalado un dictamen para reformar el Artículo 26 Bis de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia a fin de crear programas de desarrollo social para niñas y niños que quedaron en orfandad a causa del feminicidio de sus madres, no obstante, en este 2026 México se carece de un censo al respecto y programas que permitan esta atención.
Aquí te dejamos el link del reportaje publicado en 2017.
Aunque es importante señalar que México cuenta desde el 9 de agosto del 2021 con un Protocolo nacional de atención integral a niñas, niños y adolescentes en condición de orfandad por feminicidio, el cual fue expedido desde la Secretaría de Gobernación, el Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia (SNDIF), el Instituto Nacional de la Mujeres (Inmujeres) y Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia Contra las Mujeres (Conavim), Secretaría de Salud.
En dicho documento citan el entonces principio gubernamental:»No dejar a nadie atrás, no dejar a nadie fuera», para considerar intervenciones restaurativas, orientadas a la reparación del daño cometido contra niñas, niños y adolescente en orfandad por feminicidio (NNAOF):
«En esta nueva etapa de la vida nacional el Estado será garante de derechos humanos, reconociendo que son inmanentes a la persona, irrenunciables, universales y de cumplimiento obligatorio. Con dicho enfoque, cabe considerar que las niñas, niños y adolescentes en estado de orfandad por un feminicidio requiere de una restitución de derechos y de una protección integral que consisten en el conjunto de mecanismos que se ejecuten con el fin de garantizar de manera universal y especializada en cada una de las materias relacionadas con los derechos humanos de niñas, niños y adolescentes».
Además, en este mismo Protocolo, en el número 6 con inciso 6.11, la cual indica la Ruta de Atención, que el Sistema Nacional DIF y sus homólogos locales y municipales proporcionarán a las niñas, niños y adolescente en orfandad por feminicidio (NNAOF):
» Albergue, alimentación, atención médica (enfermería, odontología, medicina general), atención psicológica, pedagógica, trabajo social, atención y acompañamiento en la vida cotidiana, capacitaciones (que tengan como objetivo brindarles las herramientas para superar sus pérdidas y duelos, así como el poder de contribuir para prevenir futuras violencias en el entorno donde se desenvuelven).
Por lo que a cinco años de expedido este documento y dictada esta sentencia contra el Estado mexicano por el caso de feminicidio de Lilia Alejandra, México tiene la responsabilidad de asumir estos cuidados y de acuerdo con Norma Andrade: la oportunidad de elaborar medidas en favor de la protección de las niñas, niños y adolescentes en orfandad por el feminicidio de sus madres.
Andrade también apuntó en la entrevista que los resolutivos de la Corte IDH que se dieron a partir del caso por el feminicidio de su hija son un beneficio para todas las mujeres en México:
«No habla de Norma Andrade, habla de las madres buscadoras (…) No habla de los nietos Jade y Kaleb, que ahorita ya son jóvenes no huérfanos (…) O sea, sí la sentencia se genera a partir del caso de Alejandra, pero sale en favor de las mexicanas y mexicanos.»
Ante la falta de información, el Estado mexicano no puede garantizar el interés superior de la niñez. Hasta el momento, la promesa de crear dicho registro no se ha cumplido. Por ejemplo, en 2020, la entonces presidenta del extinto Instituto Nacional de las Mujeres (Inmujeres), Nadine Gasman Zybelmann, anunció la creación de un plan para atender a niñas, niños y adolescentes en orfandad por feminicidio; sin embargo, a la fecha este proyecto no se ha publicado.
Acciones legislativas
CDMX
El Congreso de la Ciudad de México, el 25 de marzo del 2024 aprobó el dictamen por el que se adicionan tres últimos párrafos al artículo 2 de la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes de la Ciudad de México, para brindar acceso prioritario a los programas sociales que otorga el gobierno capitalino a las y los infantes en orfandad con motivo del fallecimiento de sus madres a causa del feminicidio.
Asimismo, se aprobó la reserva presentada por la diputada Indalí Pardillo Cadena referente a las atribuciones de cada autoridad involucrada en este proceso, estableciendo la coordinación y el uso de datos entre instituciones como la Fiscalía General de Justicia (FGJCDMX), el Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia (DIF) y las instancias capitalinas encargadas de los programas en comento, para contar con registros, así como informes que se enviarán al Congreso local.
Al subir a tribuna, la congresista Polimnia Romana Sierra Bárcena, presidenta de la Comisión de Atención al Desarrollo de la Niñez, afirmó que esta reforma coadyuvará a que el Estado garantice la educación y óptimo desarrollo de esta población que es afectada por un abandono no voluntario, que se agrava cuando el padre fue el victimario y está recluido, o cuando no se cuenta con familiares que puedan brindar apoyo.
A nivel federal
El 28 de junio del 2023, la diputada Cecilia Asunción Patrón Laviada, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, presentó la iniciativa que adiciona la fracción XXVI del artículo 116 de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes; la cual tiene por objeto establecer que corresponde a las autoridades federales y locales adoptar, conforme al interés superior de la niñez, medidas especiales y urgentes de protección, cuidado y atención física, emocional y psicológica a niñas, niños y adolescentes que sufran la muerte de su madre, tutora o la persona encargada de la tutela de la persona
menor de edad como consecuencia por la comisión del delito de feminicidio; garantizándoles su acceso a la justicia, la reparación integral del daño y desarrollo integral.
El 24 de abril de 2024, la diputada Eufrosina Cruz Mendoza, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, presentó la iniciativa que adiciona los artículos 29 de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes y 122 del Código Civil Federal, la cual tiene como objetivo crear un padrón de información y registro que incluya niñas, niños y adolescentes cuya situación jurídica sea de orfandad como consecuencia de un feminicidio.
Ante la situación actual la diputada Liliana Ortiz Pérez del Partido Acción Nacional (PAN), quien también propuso una iniciativa que reforma la ley para que el Estado asuma la responsabilidad frente a esta niñez, señaló que:
«Es necesario establecer dentro de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, la obligatoriedad de las autoridades correspondientes de atender a la población infantil y adolescente víctima de feminicidio y aplicar el Protocolo Nacional de Atención Integral a Niñas, Niños y Adolescentes en Condición de Orfandad por Feminicidio, así como la creación de un Registro Nacional de Niñas, Niños y Adolescentes en Condición de Orfandad por Feminicidio u Homicidio analizado con perspectiva de género, para una atención coordinada y eficaz de todos los instrumentos que la legislación y a Constitución señalan en materia de derechos de la infancia y adolescencia en condiciones de vulnerabilidad».




