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Suprema Corte da revés a Aguascalientes: no pueden dar derechos desde la concepción

Por Diana Hernández Gómez
CIMACFoto: Diana Hernández Gómez

Aguascalientes.- Este lunes 10 de octubre, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó una porción de la Constitución de Aguascalientes que reconocía el derecho a la vida desde la concepción. Con esto, quedó eliminada una barrera legal que podía impedir a las mujeres hidrocálidas ejercer libremente sus derechos sexuales y sus derechos reproductivos.

La porción invalidada se encontraba en el párrafo cuarto del artículo 2 constitucional. Dicho artículo habla sobre la protección de la familia como pilar de la sociedad, y una porción de él establecía la protección de los derechos de las personas «desde su concepción hasta su muerte natural». Pero esta línea no estuvo incluida en la Constitución de Aguascalientes sino hasta meses recientes.

Fue el 12 de febrero de 2021 cuando el congreso del estado aprobó una serie de reformas que nacieron a partir de una iniciativa del Frente Nacional por la Familia. Las reformas incluyeron la modificación del artículo 2 para adherir la porción citada arriba. Al momento de la presentación de las reformas, la diputada Paloma Cecilia Amezquita Carreón —del Partido Acción Nacional, PAN— explicó que con esto se reconocía la personalidad jurídica de todo ser humano.

La SCJN puso estos argumentos a discusión a raíz de dos acciones de inconstitucionalidad promovidas por la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) y la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Aguascalientes. Finalmente, este 10 de octubre, el Tribunal Supremo determinó que la porción adherida el año pasado es inválida.

El dictamen de la Suprema Corte establece que las entidades federativas no tienen facultad para modificar el concepto de «persona» en sus constituciones locales. Esto quiere decir que ninguna entidad de la República Mexicana puede otorgar el estatus de «persona» a un embrión o feto. Además, agregó el Tribunal Pleno, la reforma aprobada en 2021 podía comprometer la autonomía reproductiva, la salud y hasta la vida de las mujeres.

El Tribunal ya había llegado a una conclusión similar en el estado de Nuevo León. No obstante, el gobernador de dicha entidad ha expresado sus planes de modificar la constitución para volver a reconocer la vida desde la concepción. Pero no es el único político en el país con estas intenciones.

Nuevo León y Michoacán insisten en ir contra dictamen de la SCJN

Aguascalientes no fue el primer estado en México que intentó reconocer el derecho a la vida desde la concepción: Sinaloa había hecho lo mismo en 2018. Fue precisamente a partir de esto que, el 9 de septiembre de 2021, la SCJN estableció que ningún estado de la República está facultado para definir el origen de la vida humana ni para cambiar el concepto de «persona».

Pese a esto, en marzo de 2019, el congreso neoleonés modificó la Constitución local para proteger el derecho a la vida desde la concepción. Sin embargo, a inicios de este 2022, la SCJN invalidó el precepto que establecía esta medida.

Samuel García Sepúlveda, actual gobernador de Nuevo León, conoce estos antecedentes (y, por lo tanto, conoce el dictamen de la Suprema Corte). Aun así, este 17 de agosto, el mandatario declaró abiertamente sus intenciones de volver a incluir una cláusula similar en la Constitución Política de la entidad a su cargo.

«Yo soy un convencido del derecho a la vida y por eso creo que nuestra Constitución debe de tener temas que nos unan, no que nos hagan disentir (…) La Suprema Corte resolvió en mayo quitar el párrafo; eso no impide que los diputados lo vuelvan a poner», declaró Samuel García sobre el párrafo del artículo 1 que establecía la tutela del derecho a la vida desde la concepción.

Pero García Sepúlveda no es el único en arremeter contra los dictámenes de la SCJN y contra los derechos reproductivos de las mujeres. El pasado 29 de junio, en el Congreso de Michoacán se aprobó una reforma a la Ley de Desarrollo Social gracias a la cual se reconoce el derecho de las personas a recibir beneficios sociales desde el momento de la gestación. En otras palabras, se reconoció el derecho de los embriones y fetos a inscribirse en programas sociales e incluso a participar en su diseño e implementación.

A finales de julio, el Gobierno del Estado regresó las reformas al Congreso con diferentes observaciones. Pero días antes, ese mismo mes, el diputado del Partido del Trabajo presentó otra iniciativa para reconocer la vida desde el momento de la fecundación, esta vez dentro de la Ley de Salud de Michoacán.

Todas estas iniciativas constituyen barreras que, de manera velada, obstaculizan el derecho de las mujeres a decidir sobre sus cuerpos en caso de querer solicitar un aborto. Y es que proteger la vida desde la concepción es una forma de criminalizar la interrupción del embarazo pese a que, gracias a un dictamen de la SCJN, en ninguna entidad de la República Mexicana se puede castigar a una mujer por abortar.

El país también cuenta con la NOM-046, una norma de salud que establece que el personal médico está obligado a practicar un aborto a una mujer víctima de agresión sexual cuando ella lo solicite.

A pesar de todas estas normativas, aún hay estados como Michoacán, Aguascalientes y Nuevo León que intentan atentar contra el derecho a decidir. No obstante, dictámenes como el que emitió la Suprema Corte este 10 de octubre favorecen la protección de las mujeres (aunque, con sólo diez entidades con regulaciones para el aborto y los recortes presupuestales, el camino hacia la despenalización total en México todavía es largo).

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