Inicio Agenda Por primera vez, violencia obstétrica es reconocida como violencia de género en un juicio

Por primera vez, violencia obstétrica es reconocida como violencia de género en un juicio

Por Diana Hernández Gómez
CIMACFoto: César Martínez López

Argentina.- Este 18 de enero, la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CoIDH) llegó a una resolución histórica en el caso de una mujer argentina que perdió la vida al momento del parto. En sus conclusiones, la CoIDH afirmó que la violencia obstétrica constituye una forma de violencia contra la mujer, algo que marca un antecedente importante para procesos judiciales en casos similares.

El caso atendido por la CoIDH data de 1992. El 1 de junio de ese año, una mujer de 38 años llamada Cristina Brítez Arce acudió al Hospital Ramón Sardá, en Buenos Aires, para practicarse una ecografía; en ese entonces, ella tenía más de 40 semanas de embarazo.

Durante los estudios, el personal médico detectó que el feto dentro de Cristina ya no tenía vida, por lo que la internaron para inducirle el parto. Sin embargo, Brítez Arce perdió la vida horas después por un paro cardio respiratorio no traumático.

Al analizar el caso, la CoIDH corroboró que Cristina presentó diversos factores de riesgo durante su embarazo que desembocaron en una preeclampsia-eclampsia, la cual no fue diagnosticada ni tratada por el personal médico. Dicho personal tampoco le ofreció información completa a la mujer sobre las alternativas o tratamientos que tenía para tratar aquellos factores que comprometían su salud.

Así, la CoIDH determinó que el Estado de Argentina es culpable de violar los derechos a la vida, a la integridad personal y a la salud Cristina Brítez y los derechos a la integridad personal, garantías judiciales, protección a la familia, derechos de la niñez y protección judicial de sus dos hijos.

Pero, además de esto, la Corte también estableció que se violó el artículo 7 de la Convención Belém do Pará. Dicho artículo establece que los Estados están obligados a prevenir, sancionar y erradicar todas las formas de violencia contra las mujeres. De esta forma, la CoIDH vinculó la violencia obstétrica con la violencia contra las mujeres, estableciendo así un estándar para abordar casos como el de Cristina Brítez Arce.

¿Cómo impactará la determinación de la CoIDH en México?

En nuestro país, la Comisión de Derechos Humanos de la Ciudad de México ya ha emitido una recomendación sobre los derechos de las mujeres a una vida libre de violencia obstétrica. No obstante, con la decisión de la CoIDH, ahora se puede reconocer a este tipo de violencia como una agresión basada en el género.

De igual manera, con este antecedente se fija un estándar jurisprudencial en la región americana para atender este tipo de casos. El hecho de que la violencia obstétrica esté ligada con la violencia contra las mujeres hará necesario que estos estándares cuenten con una perspectiva de género en los procesos jurídicos. Gracias a esto se podrá garantizar el acceso a una justicia adecuada para las víctimas.

En México, tres de cada diez mujeres han sido víctimas de violencia obstétrica de acuerdo con la Encuesta Nacional sobre la Dinámica de las Relaciones en los Hogares (ENDIREH) 2021. Estas mujeres tuvieron partos o cesáreas en condiciones violentas para ellas, recibieron tratamientos médicos no autorizados durante y después de su embarazo y no fueron atendidas o diagnosticadas como era debido durante su proceso de gestación.

Ahora, la CoIDH sienta un antecedente importante para que estos casos puedan ser atendidos y resueltos desde una perspectiva integral.

¿Qué es la violencia obstétrica?

En el caso de Cristina Brítez Arce, la CoIDH definió la violencia obstétrica como una forma de violencia basada en el género y ejercida por los encargados de atender la salud de las mujeres durante el embarazo, el parto y el posparto. Algunas prácticas consideradas como violencia obstétrica son:

  • Los tratos deshumanizados, irrespetuosos, abusivos o negligentes hacia las mujeres embarazadas
  • La denegación de tratamientos e información completa sobre el estado de salud de las mujeres y los tratamientos que pueden recibir para tratarlo
  • Intervenciones médicas forzadas
  • La tendencia a patologizar los procesos reproductivos naturales, y otras acciones u omisiones que amenacen la salud de las mujeres y sus hijas e hijos durante el embarazo, parto y posparto

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