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Suprema Corte discutirá anulación de una parte del Plan B propuesto por AMLO

Por La Redacción
Fotografía: SCJN

Ciudad de México.- Este martes 2 de mayo se dio a conocer un proyecto de sentencia que será llevado a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) para intentar anular la primera parte del llamado Plan B de la reforma electoral. El proyecto reúne diversas acciones de inconstitucionalidad promovidas por partidos políticos, senadores, diputadas y diputados que apuntan a una supuesta violación de los procesos legislativos para aprobar la iniciativa promovida desde la presidencia de la República.

El proyecto será presentado por el ministro Alberto Pérez Dayán y ya se encuentra publicado en la lista de asuntos del Pleno de la SCJN. Según dicha lista, la discusión al respecto podría iniciar tan pronto como este jueves 4 de mayo. A grandes rasgos, lo que se discutirá será si existieron o no violaciones a los procesos legislativos en la aprobación del Plan B que modifica la Ley General de Comunicación y la Ley General de Responsabilidades Administrativas.

De acuerdo con el proyecto, en primer lugar, quienes aprobaron la reforma pudieron haber incurrido en una violación de los artículos 1 y 2 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos al no haber consultado a las comunidades indígenas para la discusión y votación del Plan B. Al respecto, hay que recordar que el Plan B eliminó diversos artículos donde se reconoce la autonomía de estos pueblos en cuanto a sus formas de gobierno y organización interna.

Según el proyecto, al no haber una consulta, se violan los derechos a la libre determinación y la autonomía de las comunidades indígenas. No obstante, esto se determinará hasta que la SCJN inicie la discusión al respecto y evalúe si esta falta de consulta tiene o no impacto en la sección del Plan B que se abordará en el Pleno.

Plan B no fue discutido según las reglas del Senado y Cámara de Diputados

Además de la supuesta violación a los artículos relacionados con las comunidades indígenas, el proyecto de la SCJN explica que pudo haber diversas violaciones en los procedimientos legislativos tanto en la Cámara de Diputados como en el Senado de la República.

En este sentido, el documento señala que el dictamen llevado al pleno de la Cámara de Diputados y aprobado por San Lázaro el 6 de diciembre de 2022 no fue el mismo que se publicó en la Gaceta Parlamentaria previamente. Esto se debe a que, de último momento, la bancada del Movimiento de Regeneración Nacional (Morena) realizó modificaciones a la iniciativa que no fueron discutidas.

Según se explica en el proyecto de sentencia, el grupo parlamentario argumentó un supuesto trámite de urgencia, pero no ofreció las razones de dicha emergencia tal como establece el Reglamento de la Cámara de Diputados. Esto provocó que las y los diputados no tuvieran tiempo de analizar la iniciativa con las modificaciones realizadas.

Además de esto, hubo otra violación al proceso legislativo en la Cámara de Senadores. Aquí, las comisiones encargadas de analizar la propuesta de reforma eran dos Comisiones Unidas: la Comisión de Gobernación y la Comisión de Estudios Legislativos, Segunda. No obstante, la única que sesionó y aprobó la propuesta fue la Comisión de Gobernación, violando así el Reglamento del Senado. 

Quienes promovieron las acciones de inconstitucionalidad detrás de este proyecto son el Partido de la Revolución Democrática (PRD), el Partido Revolucionario Institucional (PRI), el Partido Acción Nacional (PAN) y Movimiento Ciudadano, así como un partido político de Jalisco denominado Hagamos.

En días siguientes, la Suprema Corte se encargará de determinar si la primera parte del Plan B es válida o no a la luz de estas observaciones. Al final se necesitará de la votación a favor del proyecto de por lo menos ocho de los 11 ministros y ministras que conforman la Corte. De momento, la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal solicitó a la presidenta de la Corte retrasar la discusión al respecto y, antes, hacer públicas sus resoluciones sobre diversas impugnaciones a la Ley General de Comunicación Social hechas en 2018. Esto, con el fin de evitar sentencias contradictorias alrededor de dicha ley.

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