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Tipifican violencia vicaria en Oaxaca

Por Citlalli López Velázquez
Fotografía: Twitter oficial del Frente Nacional Contra Violencia Vicaria.

Oaxaca de Juaréz.- Tipifican violencia vicaria en Oaxaca, pero invisibilizan trabajo de las madres víctimas. La tipificación de la violencia vicaria en el Código Penal del Estado de Oaxaca, lejos de ser motivo de celebración para las impulsoras, dejó un “terrible sabor de boca”, al no ser tomadas en cuenta sus aportaciones en la construcción del nuevo dictamen de ley aprobado.

De última hora el dictamen construido a partir del trabajo de las mamás del Frente Nacional Contra la Violencia Vicaria, fue sustituido en la Comisión de Administración y Procuración de Justicia de la 65 Legislatura local, encabezada por Liz Arroyo, por el que presentó el ejecutivo estatal.

Iliana Acevedo Brena, presidenta del FNCVV en Oaxaca, detalló que fueron dos años de trabajo en el cual se analizaron las tres iniciativas presentadas en su momento por las diputadas Liz Arroyo, Mariana Benítez y el diputado Sesul Bolaños. “Se discutieron e hicimos aportaciones como sociedad civil para elaborar el dictamen y resulta que bajaron ese dictamen y metieron una que presentó el gobernador”, expuso.

La activista señaló que las mamás salieron decepcionadas de la sesión del pasado 6 de marzo porque el trabajo fue hecho a un lado. “No sé si fue por ellos mismos o fueron órdenes de arriba que lo que nosotras aportamos no se tomó en cuenta”.

A través de su cuenta en Facebook el FNCVV lamentó que el trabajo de las madres víctimas de violencia vicaria fuera invisibilizado. “Y hoy, después de años de trabajo de nuestra representante en Oaxaca y las mamás se les hizo a un lado en los avances de la ley vicaria presentando una “nueva iniciativa homologada” por parte del gobernador. Qué manera de intentar colgarse un logro que no es de nadie más que de las víctimas de violencia vicaria, qué tristeza”, expresaron.

Dictamen aprobado

La tipificación de la violencia vicaria fue aprobada el pasado 6 de marzo con 34 votos a favor. Con estas modificaciones quedó establecido como “cualquier acto u omisión que, con el objetivo de causar perjuicio o daño a las mujeres, se dirige contra las hijas y/o hijos, familiares o personas allegadas o ente sintiente significativo para ella, ya sea que se tenga o se haya tenido relación de matrimonio o concubinato; o mantenga o se haya mantenido una relación de hecho con la persona agresora; lo anterior aplica incluso cuando no se cohabite en el mismo domicilio”.

Además, se determinó que quien cometa el delito de violencia vicaria se le impondrá la pena de tres a nueve años de prisión, y la sanción de 100 a 500 días el valor de la unidad de medida y actualización, asimismo, se le sujetará a tratamiento psicológico especializado.

Las penas previstas se incrementarán en una mitad de su mínimo y máximo, cuando el individuo activo incurra en tráfico de influencias o corrupción de los servidores públicos que intervengan en los procedimientos administrativos y judiciales relacionados con el conflicto; cuando se valga de su cargo público para ejercer la violencia; tenga como resultado el suicidio de la mujer.

Cuando las hijas, hijos o personas significativas se encuentren en una situación de discapacidad o cualquier otra situación de vulnerabilidad, que no le permita comprender el carácter ilícito del hecho u oponer resistencia; ejerza violencia física que deje huella material en el cuerpo contra las hijas e hijos o personas significativas para la mujer.

Cuando les suministre a las hijas e hijos o personas allegadas para la mujer, sustancias inmovilizantes o que alteren los sentidos. Cuando por descuido se afecta la salud o integridad física de las hijas, hijos o personas significativas para la mujer.

Si quien ejerza el servicio público entorpece los procedimientos públicos en favor del victimario hasta el punto de ejecutar la violencia vicaria, la sanción se dará en los mismos términos del artículo 404 del Código Penal de Oaxaca.

Fotografía: Cimacnoticias / Citlalli López Velázquez

¿Qué es la violencia vicaria?

En 2012, la psicóloga Sonia Vaccaro acuñó el término “violencia vicaria” para hablar sobre ese tipo de violencia en la que una persona utiliza a las hijas o hijos de una mujer para maltratarla y causarle dolor indirectamente. Precisamente, se llama “vicaria” porque sustituye a la mujer como la víctima directa de las agresiones. Pero, ¿cómo identificarla? Hacerlo a tiempo puede salvar la vida de las mujeres pero también de muchas infancias.
Usualmente, la violencia vicaria sucede tras un divorcio o una ruptura. En estos casos, la ex pareja sigue teniendo contacto con hijas e hijos y los utiliza para provocar sufrimiento a la madre. A pesar de que esto puede parecer una “venganza”, es importante precisar que en realidad es algo mucho más complejo y tiene que ver con la dominación que el hombre desea ejercer sobre la mujer.

En este sentido, es usual que la violencia vicaria esté precedida por otros tipos de violencias contra las mujeres, tales como la violencia económica, el maltrato físico o psicológico y la violencia sexual. Incluso, por intentos de feminicidio.

¿Cómo identificar si estoy viviendo violencia vicaria?

Este tipo de violencia puede alcanzar expresiones extremas como el asesinato de las hijas o hijos. Sin embargo, no siempre es así. De acuerdo con la organización Amnistía Intencional, algunas de las manifestaciones más comunes de violencia vicaria son:

Amenazas de llevarse a las y los menores o de quitarle la custodia a la madre sin justificación alguna.
Hablar mal de la madre en presencia de hijas e hijos; esto incluye difamaciones, insultos, humillaciones y amenazas contra ella. El objetivo es, casi siempre, poner a los pequeños en contra de su mamá.
Negar tratamientos médicos a las hijas e hijos cuando los necesitan.

Mentir a la madre sobre el estado de sus hijas e hijos cuando están en custodia de la ex pareja; por ejemplo: inventar visitas de urgencia al hospital o accidentes cuando los menores están bien.
Sustracción de las hijas e hijos sin el consentimiento de la madre, lo cual puede incluso parecer un secuestro

Tal como explica la Universidad Complutense de Madrid (UCM), en todas estas expresiones, el agresor deja de lado todo sentimiento hacia sus propios hijos o hijas y se centra únicamente en provocar dolor tanto a ellos como a su madre. Este dolor puede ser tal que desemboca en el suicidio de la mujer.

LOA/CLV

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