Ciudad de México.- En América Latina y el Caribe, el Acuerdo Escazú funciona como un instrumento internacional que reconoce el derecho a vivir en un medio ambiente sano y equilibrado, pero también reconoce la defensa de las personas defensoras ambientales, en quienes recae la labor de la protección de los territorios y los recursos, una tarea que recae en las mujeres gracias a la preservación de sus conocimientos ancestrales.
Fue firmado el 4 de marzo de 2018 derivado de la Conferencia de Naciones Unidas sobre Desarrollo Sostenible (Río+20) en 2012. Desde entonces alrededor de 16 países de los 33 de la región lo han firmado, entre ellos se encuentran Antigua y Barbuda, Argentina, Bolivia, Brasil, Costa Rica, Ecuador, Guatemala, Guyana, Haití, México, Panamá, Paraguay, Perú, República Dominicana, Santa Lucía y Uruguay.
El Acuerdo Regional sobre el Acceso a la Información Ambiental, la Participación Pública y el Acceso a la Justicia en América Latina y el Caribe (también conocidos como Acuerdo de Escazú) es el primer acuerdo en el mundo que establece disposiciones especificas para promover, proteger y defender a las personas defensoras de derechos humanos en temas ambientales.
En América Latina y el Caribe se producen diferentes agresiones contra este sector de la población, sobre todo en contextos mineros, turísticos, hidroeléctricos y agroindustriales donde se realizan proyectos sin la consulta y consentimiento comunitario previo a su construcción. Son las mujeres, pueblos indígenas y personas afrodescendientes quienes se posicionan como defensoras ambientales enfrentando amenazas como la criminalización de su trabajo, violencia de género, intimidación, campañas de desprestigio e incluso asesinato.
Datos de Parlamentarios para la Acción Global (PGA, por sus siglas en inglés) señalan que, el 6% de la población mundial gestionan poco más de una cuarta parte de la tierra salvaguardando el 80% de la biodiversidad. En cambio, mas de un tercio de los ataques mortales están dirigidos a pueblos indígenas. También señalan que, en la región de América Latina y el Caribe, estos sectores mantienen 400 millones de hectáreas de tierra y albergan el 40% de los bosques naturales.
De acuerdo con ONU Mujeres, la región es una de las zonas mas afectadas por asesinatos a mujeres defensoras. Uno de cada cinco ocurre en la selva amazónica donde se ejerce violencia, tortura y amenazas. En 2023, alrededor de 126 defensoras ambientales fueres asesinadas en América Latina (Colombia, Honduras, Brasil y México).
Las mujeres son quienes ocupan un rol primordial en la gestión de los recursos naturales, ya que no solo lideran la protección de los territorios y ecosistemas, sino que actúan como agentes de cambio gracias a sus saberes ancestrales y comunitarios, que priorizan el cuidado y preservación de la tierra, según apuntó ONU Mujeres.
Acuerdo de Escazú y sus implicaciones
Uno de sus antecedentes fue el Principio 10 de la Declaración de Río sobre Medio Ambiente y Desarrollo de la Cumbre de la Tierra de Naciones Unidas en 1992 y el Acuerdo de Aarhus de la Comisión Económica de las Naciones Unidas para Europa en 1998. A partir de la creación del Acuerdo de Escazú, los Estados firmantes se comprometieron a elaborar un acuerdo regional para implementar los derechos propuestos.
Otras obligaciones que asumen los Estados son reconocer el derecho de todos a un ambiente sano y equilibrado; tomar medidas para garantizar la implementación de los tres derechos: acceso a información pública, toma de decisiones y justicia ambiental; ayudar a grupos vulnerables y en sus derechos ambientales; y crear un entorno para el trabajo de personas defensoras que promuevan la protección del medio ambiente con reconocimiento y protección.
De acuerdo con el Acuerdo de Escazú, en cuanto al derecho al acceso a la información ambiental, se establecen cuáles son los requisitos para su accesibilidad y las disposiciones que regulan el deber estatal de generar, recopilar y difundir la información ambiental relevante de forma oportuna, comprensibles y actualizada.
Entre sus disposiciones, ordena implementar sistemas de información ambiental; crear un registro de emisiones y transferencias contaminantes; publicar, al menos cada cinco años, un informe nacional sobre el estado del medio ambiente; realizar evaluaciones independientes del impacto de las políticas ambientales; proporcionar a consumidores y usuarios datos oficiales, claros y pertinentes sobre el impacto ambiental y en la salud; mantener y actualizar los sistemas de archivo y gestión documental en materia ambiental; e incentivar que empresas públicas y privadas elaboren informes de sostenibilidad.
Sobre el derecho a la participación pública en la toma de decisiones ambientales, el tratado advierte que, esta debe darse desde las primeras etapas de los procesos. Además debe desarrollarse en plazos razonables, de manera informada y con la consideración de opiniones recibidas. Para que sea efectiva, deben tomarse en cuenta características sociales, económicas, culturales, geográficas y de género de las comunidades involucradas.
Impone al Estado firmante la obligación de garantizar que la participación sea abierta e inclusiva. Esto significa que las personas deben tener la oportunidad de intervenir en la toma de decisiones, así como en las revisiones o actualizaciones de proyectos, actividades y otros procedimientos de autorización que tengan un impacto ambiental significativo.
Asimismo, el Estado debe promover la participación pública en procesos más amplios, como la planificación del territorio, y la formulación de políticas, estrategias, planes, programas, normas y reglamentos que puedan generar consecuencias relevantes para el medio ambiente. Con ello, el Acuerdo busca que la ciudadanía no solo este informada, sino que pueda incidir de manera real en la gestión y protección ambiental desde el inicio.
Finalmente, contempla que para garantizar el derecho a la justicia social (judicial y administrativo) en el medio ambiente, se deben cumplir con garantías del debido proceso ambiental, lo que implica que las decisiones se tomen respetando la ley y asegurando la participación y defensa de las partes involucradas. Para lograrlo, cada país debe contar con instituciones competentes que tengan conocimientos especializados en materia ambiental. Además. los procedimientos deben ser efectivos, rápidos, públicos, transparentes, imparciales y no tener costo.
De la misma manera, contempla que la ciudadanía tenga un recursos para presentar demandas, así como solicitar medidas cautelares provisionales para prevenir daños mientras se resuelve un caso. También establece facilidades para demostrar el daño ambiental.
Este acuerdo va de la mano del objetivo 16 de la Agenda 2030 de las Naciones Unidas, el cual busca promover sociedades libres de miedo y violencia, en donde se garantice el acceso a la justicia. Por ello, el tratado reconoce la interrelación e interdependencia entre los tres derechos del acuerdo para hacer efectivos otros derechos humanos como la salud, alimentación, agua potable, saneamiento, vivienda y paz.