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En la era de la hipervigilancia, violencia digital en aumento

Por Wendy Rayón Garay

Ciudad de México.- Este año, el Congreso de la Unión en México aprobó una serie de reformas constitucionales para almacenar y tener acceso a datos personales de las mexicanas y mexicanos, incluso provenientes de espacios como internet; sin embargo, el Estado tiene una deuda pendiente, ya que mientras se usan las plataformas digitales para crear escenarios de censura y violación de privacidad, poco se les cuestiona para indagar o frenar casos de violencia digital contra las mujeres.

Frente a la aprobación de la Ley de la Guardia Nacional; Ley General en Materia de Desaparición Forzada; Ley para Eliminar los Trámites Burocráticos; y Ley de Telecomunicaciones y Radiodifusión, así como sus leyes secundarias, que consolidaron la conformación de un Estado espía; en octubre de este año, la Comisión de Hacienda de la Cámara de Diputados aprobó el dictamen de la Ley de Ingresos de la Federación 2026 que incluye una reforma al Código Fiscal de la Federación.

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Particularmente, el artículo 30-B del Código sostiene que las plataformas digitales deberán permitir a las autoridades fiscales el acceso en tiempo real sobre información que permita comprobar el cumplimiento de las obligaciones fiscales o de lo contrario abría un bloqueo temporal del acceso de la plataforma. Además, las autoridades fiscales podrán trabajar de la mano de la Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones para la gestión de los datos obtenidos y su análisis.

Dicha iniciativa fue presentada con la presidenta Claudia Sheinbaum Pardo y ordena diferentes disposiciones a las plataformas que ofrecen servicios digitales como el acceso permanente a datos, las cuales organizaciones como Artículo 19 y la Red en Defensa de los Derechos Digitales (R3D) advirtieron que las medidas son incompatibles con el derecho a la privacidad y la libertad de expresión en internet.

Mientras que las políticas públicas y las nuevas leyes utilizan a las plataformas digitales como herramientas de vigilancia y censura sobre la ciudadanía, estas no enfrentan cuestionamientos ni sanciones cuando se trata de frenar la violencia digital ejercida contra las mujeres. Esta contradicción evidencia una prioridad del Estado en el control social por encima de la protección de derechos fundamentales, especialmente de mujeres víctimas de agresiones en línea.

En entrevista para Cimacnoticias, Valeria Martínez Mondragón, abogada e integrante de las Defensoras Digitales, señaló que las plataformas digitales tienen una responsabilidad en cuanto a la violencia de género que se ejerce en internet. No obstante, existen diferentes obstáculos comenzando por el uso de «términos y condiciones» que no son claros con las usuarias y usuarios, pero que deben aceptar para acceder a los servicios.

La abogada también puntualizó que las plataformas digitales deberían ser un catalizador para ayudar en investigaciones relacionadas a delitos de género que ocurren en el espacio digital enviando informes cuando una mujer es víctima de violencia digital; sin embargo, resaltó que esto no ocurre, ya que la falta de regulación del Estado a las plataformas permite que, no solo se nieguen a colaborar, sino que se excusen bajo la regulación de leyes que pertenecen a otros países.

«Nos parece importante que las plataformas también colaboren en la investigación de delitos de género, porque ya tenemos una maquinaria que se va a mover, pero si al final se toca con las plataformas, pues de nada sirve que en México se esté regulando, si las plataformas nos van a decir: «Ah, bueno, pues sí, muy bonita tu ley, pero yo me regulo con las leyes en donde se encuentran mis servidores que son en un país nórdico.»» explicó Valeria Martínez Mondragón.

De acuerdo con el informe «Violencia digital contra las mujeres y las niñas» de ONU Mujeres, define necesario el compromiso del sector privado y las empresas intermediarias de internet como una de las acciones necesarias para impulsar el cambio. Entre ellas especifica que, se deben proveer criterios claros para atender casos de violencia digital, crear mecanismos de reporte y de solicitud para eliminar contenidos perjudiciales sencillos y sin tecnicismos, y colaborar con las víctimas y autoridades judiciales asegurando la entrega de información para su investigación.

La organización también resalta que es gracias al anonimato y alcance generalizado en los espacios en línea ha creado un marco para el aumento de violencia en los contextos digitales. A esto se suman otros factores como la escala, velocidad, facilidad de comunicación, asequibilidad, impunidad, responsabilidad limitada, falta de medidas preventivas, de respuesta y de denuncia lo que agrava la preferencia de plataformas digitales para cometer violencia contra las mujeres.

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«Los intermediarios de internet, los medios sociales y las empresas de medios de comunicación tradicionales tienen responsabilidades en materia de derechos humanos en virtud de los Principios Rectores sobre las Empresas y los Derechos Humanos.» -ONU Mujeres

Para Valeria Martínez Mondragón, en México la violencia digital no se está reconociendo en todos los estados. Esto se debe a que se tiene una percepción sobre el concepto, pero no sus alcances y el impacto diferenciado contra las mujeres. La Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia identifica este delito con la definición:

Extracto de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia

A pesar de su definición y explicación en esta ley, su tipificación no está contemplada en todos los códigos penales estatales o es reconocido por las gobernadoras y gobernadores de los estados. Pese a que México cuenta con la Ley Olimpia, para denunciar y castigar la violencia sexual digital, se ha incluido de una forma diferenciada en cada entidad dejando sin protección a muchas mujeres.

«Por ejemplo, en la Ciudad de México está de una forma y en el Estado de México está de una forma totalmente diferente y para la protección de las mujeres en el estado de México no sirve, realmente no está protegiendo lo que debería. Entonces, creo que este es un problema muy grande e inicial.» describió Valeria Martínez Mondragón.

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Frente a este panorama, la defensora digital se ha encontrado diferentes obstáculos como la falta de perspectiva de género de quienes imparten justicia y quienes investigan debido a la falta de cursos especializados para el personal. Tampoco existe autoridades que les obliguen a emitir sentencias con perspectiva de género generando así falta de voluntad política.

Por otro lado, la falta de homologación penal que frena lograr avances en otras entidades y que no contemplan los escenarios reales y simulados en los casos, así como la falta de protocolos de investigación para acompañar a las víctimas de este delito se posicionan como otros obstáculos: «Mientras no haya un ABC de cómo juzgar, investigar o acompañar a víctimas de violencia digital, creo que no podemos avanzar. Es de las partes más importantes que nos hemos topado en el camino», mencionó la defensora digital.

En este contexto, la falta de regulación efectiva hacia las plataformas digitales y la ausencia de una política nacional homogénea con perspectiva de género dejan en vulnerabilidad a millones de mujeres en México. Aunque existen avances como la Ley Olimpia, la persistente impunidad, la falta de homologación jurídica y la desprotección ante tecnologías cada vez más invasivas reflejan un reto urgente: garantizar que los derechos digitales —incluyendo la privacidad, la libertad de expresión y una vida libre de violencia— sean protegidos con la misma fuerza con la que se regulan y vigilan los espacios virtuales.


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