Ciudad de México.- Además de vivir violencia feminicida, Yeritza “N” ha vivido violencia institucional durante 6 años. Hoy, por una decisión de 2 magistradas y un magistrado, su vida está en riesgo porque reclasificaron el delito de feminicidio en grado de tentativa a violencia familiar, la dejaron sin reparación del daño, sin medidas de protección, responsabilizaron a su familia de la violencia que vivió y lo más grave, dejaron en libertad inmediata a su agresor.
En entrevista con Cimacnoticias, Yeritza contó que la noche del pasado martes sus abogados le llamaron para darle la noticia y posteriormente la notificadora del Poder Judicial le mandó un mensaje para informarle la decisión del Tribunal de reclasificar el delito y la libertad inmediata de Carlos “N”, su agresor.
“Estaba a punto de irme a hacer ejercicio cuando mis abogados me llamaron y me dijeron que querían hablar conmigo respecto a la apelación de Carlos. Yo sabía que estaba su apelación porque él la interpuso desde mayo del 2025. Yo lo sabía. Y pues sí, estaba esperando la respuesta. Sin embargo, no esperaba esta respuesta”.
Explicó que dicha apelación era con base en la sentencia que se emitió en marzo de 2025 por el delito de feminicidio en grado de tentativa porque no estaba de acuerdo con los años que le impusieron (11 años 8 meses de prisión).
“Entonces, como no hubo otra forma legal de poderle reducir los años, los magistrados corruptamente, negligentemente y me queda muy claro que su decisión no fue tomada ni en las pruebas, ni en los testimoniales, ni en los hechos. corruptamente tomaron esta facultad que no la tienen por ley, la única artimaña legal que encontraron fue reclasificar el delito para que le redujeran a seis años de prisión, lo cual pues ya los cumplió porque él fue aprendido en lo que legalmente se conoce como flagrancia desde el 2020. Y ordenan su excarcelación inmediata”.
Agregó que la resolución emitida por las magistradas Blanca García Sánchez, Erika Epifanía Reséndiz Ramírez y el magistrado presidente Rafael Inti Castillo Serrato, señala que se le quita todo derecho a reparación del daño (a la víctima), se le retiran las medidas de protección y en una parte refiere que la violencia que vivió fue culpa de su familia porque si sabían que vivía violencia, por qué no la sacaron de ahí a tiempo.
“Ellos tiraron más de seis años de trabajo, no sólo mío sino de mis abogados, de mis terapeutas, de mis doctores, de todos los ministerios públicos que han participado en mi caso y en todo mi proceso, lo tiraron a la basura y no sólo eso, sino me regresaron al mismo punto en el que estaba en el 2020”.
“No puede ser entonces que más de 10 jueces que han participado en mi proceso a lo largo de estos seis años en diferentes etapas, han acreditado el delito de tentativa de feminicidio. Entonces quiere decir que todos estos 10 jueces estaban mal, tuvieron un enfoque incorrecto, o sea, entonces vincularon, acreditaron, sentenciaron por tentativa de feminicidio de forma incorrecta y entonces estos tres magistrados mágicamente tienen la respuesta a todo cuando ellos no han estado en ninguna de mis audiencias, ni siquiera me conocen, ni siquiera han visto mi cara, ni siquiera saben mi nombre completo porque en todo mi proceso soy identidad reservada, soy YBC para ellos”.
Agregó que con esta resolución las magistradas y el magistrado le quitaron toda la responsabilidad a su agresor, Carlos “N”, a su familia, cómplice de las violencias que vivió –que también fueron denunciados por ella– y la trasladaron a la víctima y a su familia.
“No entiendo qué fue lo que movió, no entiendo a quién le pagó. Definitivamente con lo que combatimos él y yo fueron herramientas bien diferentes. Él siempre se manejó con amenazas en redes sociales, en medios de comunicación, con su documental que hicieron, él siempre se respaldó de este colectivo azul de “No más presos inocentes”, se respaldó de mucha gente de dinero, sí, lo sé, yo lo sabía desde un inicio que esa era una de sus armas, el poder, el dinero. Yo sabía que la única arma que yo tenía era la verdad y te lo juro que me aferré todos estos años a eso y dime de qué alcanzó, dime de qué me sirvió”.
Pese a ello, ninguna autoridad la ha buscado aunque ya solicitó medidas de protección. Se acercó a la Secretaría de las Mujeres pero hasta ayer no tenía respuesta, hizo lo mismo con la Ministerio Público que la acompañó en una parte del proceso porque ahora está asignada a otra carpeta de investigación, quien la apoyó con un oficio para que por lo menos le activen el código Águila, pero con lo del evento deportivo de ayer fue día inhábil, por lo que será hoy o la siguiente semana cuando pueda tener alguna respuesta.
“Al inicio, cuando empezó mi proceso, sí tenía las medidas de protección que dicta el Centro de Justicia para las Mujeres y la Secretaría de las Mujeres, que era un protocolo más amplio, más diverso. Pero cuando hubo una primera sentencia, en el 2022, me las quitaron y me bajaron a las medidas de protección básicas y pues estaba cómoda porque dije, ya lo sentenciaron. Entonces, pues me retiraron las medidas de protección, o sea, me retiraron todo”.
Tras conocer esta resolución, Yeritza acudió al Tribunal de Disciplina Judicial, órgano del Poder Judicial de la Federación que se encarga de investigar, evaluar y sancionar las conductas de las personas juzgadoras y del personal judicial, para asegurar que realicen su labor con ética, profesionalismo y apego a la ley.
Aunque sabe que no puede lograr la destitución definitiva de quienes dejaron libre a su agresor ya que debe iniciarse una investigación, sí argumentó ante las integrantes del Tribunal que las y el magistrado, no se condujeron con ética, ni profesionalmente, mucho menos con perspectiva de género como lo mandatan las leyes nacionales e internacionales que México ha firmado.
“Me puse a investigar el CV del magistrado y fue compañero de escuela del abogado de Carlos. Ambos estudiaron en la Universidad Panamericana, o sea.
Cuánto pagó, no sé a quién le pagó, no sé con exactitud qué fue lo que compró. Me queda muy claro que él no salió del reclusorio para irse a su casa, él salió para darse a la fuga, lo que compró fue unas horas para poder encontrar la ruta de escape, como lo han hecho muchos agresores, muchos feminicidas, muchos violadores, muchos asesinos”.
El hartazgo de la violencia institucional
Cuestionada sobre qué sigue en términos legales, Yeritza muestra, a través de su palabras, el hartazgo y desconfianza hacia la procuración de justicia que le demostró que no está del lado de las víctimas, que las revictimiza y violenta.
“Tengo que ser honesta. No puedo otra vez, ingenuamente, creer que esto va a tener algún resultado de justicia. Yo no peleaba para que lo sentenciaran a 100 años. Yo nunca he peleado. Cuando le dictaron la mínima sentencia dije ok. Mis abogados, mi familia, me decían apela para que le den más, vamos a esto, vamos a lo otro y dije no, ya no puedo… siento que ya no doy para más, ya al menos se le acreditó el delito, se le sentenció por tentativa de feminicidio y que Dios lo perdone porque yo no puedo.
No peleaba por los años, peleaba porque sólo así, sólo así tal vez me regresaba un poquito de la dignidad que me quitó, sólo así que tanto él como la sociedad, el sistema, el Estado, reconozcan lo que él hizo por decisión propia, lo que él eligió hacer con mi vida. Era recuperar un poco de dignidad, era recuperar un poco de calma al saber que él estaba ahí adentro, pero nada de esto alcanzó ni me sirvió.
Hoy me regresan al mismo punto del 2020, cuando me detenían y me subían a la patrulla con él. Cuando llegamos al Ministerio Público ahí en Álvaro Obregón y nos bajaron él iba adelantito de mí, bajó el primero y después bajé yo. Él voltea antes de que nos metieran y me dice ‘nada más acuérdate que yo siempre gano Yeri. Y mira”.
Un proceso plagado de irregularidades y violencia institucional
Consultada respecto a esta resolución de las magistradas y el magistrado que reclasifica el delito, la abogada defensora de derechos humanos de las mujeres y directora de la organización Justicia Pro Persona, Ana Yeli Pérez Garrido, explicó que la apelación de una sentencia es parte del proceso porque después de que se da en primera instancia, la persona sentenciada o la víctima pueden apelar, incluso, dijo, es obligación de las autoridades, ya sea a través de la defensoría pública o el Ministerio Público apelar de manera oficiosa, sobre todo cuando no les beneficia.
“Es un recurso ordinario que recae en esta sala penal, que es el tribunal de segunda instancia. O sea, después de un tribunal de enjuiciamiento, tenemos la segunda instancia que es la sala penal y es quien resuelve en esta ocasión por estos tres magistrados (todas las salas penales tienen esa conformación) revisan lo que hizo el juez, el último, la sentencia final”.
La abogada, que también es asesora legal del Observatorio Ciudadano Nacional del Feminicidio, señaló que lo que tendría que revisarse es qué valoraron las y el magistrado para reclasificar el hecho que no cuestionaron, sino el delito, reclasificándolo a violencia familiar con una pena más baja que ya compurgó, y lo dejan en libertad.
Destacó que hubo varias irregularidades en el proceso de Yeritza como la reposición del proceso y que enfrentara el juicio en más de una ocasión.
“En realidad no debería haber reposiciones porque generalmente las reposiciones se deben no a cuestiones sustantivas, sino a temas o errores procesales, donde pues estas fallas formales permiten que se anule, se invalide todo lo que ya se había realizado y se vuelva a comenzar de cero”.
La abogada compartió que en experiencias similares de casos que han acompañado lo que sucede es que debido a estas reposiciones los litigios van debilitándose, las cosas ya no salen como se habían preparado, pueden perderse pruebas, las y los peritos son movidos a otras investigaciones, sobre todo cuando pasan años, como ocurrió con Yeritza.
“El caso de Yery también se repuso porque se excedieron los plazos o en una de las reposiciones fue porque se excedieron los plazos por parte del Tribunal de Enjuiciamiento para fijar la continuación de la audiencia. Eso es una violación procesal que hizo que el juicio fuera nulo y se volviera a repetir. Es un error grave del sistema de justicia del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México, el que en la práctica están llevando los juicios al límite del plazo. Jurídicamente, los juicios deberían ser concentrados y continuados.
Esto significa, explicó, que pasando la etapa intermedia se debe dar a cualquier persona que está sujeta a proceso, su audiencia de juicio, y en casos muy grandes, con muchas pruebas, fijar un tiempo límite y si se acaba ante de esa fecha está bien, si no, puede solicitarse un poco más de tiempo, pero de manera continua y en el caso de Yeritza no ocurrió así toda vez que se suspendía la audiencia y fijaban otro plazo que fue excediendo el límite. Un proceso a cuenta gotas, dijo.
“A mí me parece que definitivamente no hubo perspectiva de género, la forma en la que fue victimizada Yeri es muy clara. Entiendo que dentro de los hechos es que pues llega una patrulla y eso es lo que digamos, también impide la consumación del delito. Y eso como hecho, pues tal vez los magistrados dijeron eso fue el impedimento, él desiste. ¡Pero no fue por voluntad propia!
En su opinión, la situación de Yeritza coloca dos temas importantes: la deuda de las fiscalías que deben ir con pruebas sólidas y sostenerlas en el juicio y por otro lado, la aplicación de la perspectiva de género por parte de las personas juzgadoras, que en este caso, evidentemente no tuvieron.
Al darle la categoría jurídica como víctima de violencia familiar, que no es un hecho menor, lo que hacen es quitarle la gravedad al hecho de que se intentó quitarle la vida, que la intención era esa.
“Cuando ella relata cómo ocurrió el hecho y los daños que tuvo, las lesiones que presentó, la mecánica, la dinámica de los hechos, pues evidentemente prueban ese desprecio por la vida”.
Esta situación también refleja otro problema pendiente de resolver, pues señaló que las sobrevivientes de feminicidio, como ellas mismas han señalado, “son las cifras que no se cuentan”, porque existe una estadística de homicidios dolosos de mujeres, de feminicidio, pero a las sobrevivientes no se les cuenta y menos cuando sucede este tipo de situaciones, como ocurrió con Yeritza, que se reclasifica el delito porque jurídicamente no son víctimas de tentativas, sino de violencia familiar.
Y lo anterior cobra importancia porque es una obligación del Estado contar con estadísticas de violencia de género, lo establece la Convención Belém Do Pará y la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW por sus siglas en inglés), para saber qué se va a priorizar como política criminal del país, a qué se le va a dar recursos, qué delitos requieren mayores capacidades, pero lamentó que todo esto son decisiones que se van tomando sin estadísticas, al menos en el caso de las sobrevivientes de feminicidio.
Sobre las medidas de protección, Pérez Garrido explicó que de acuerdo con lo que establece la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, sí pueden otorgarle las medidas sobre todo cuando liberaron a su agresor, lo que claramente es una violación a los derechos humanos de Yeritza, y deberían dárselas sin necesidad de una denuncia, además no debe dejar de señalarse la responsabilidad que debe tener el Poder Judicial con esta decisión.




