Ciudad de México.- Con fecha del 6 de abril de este año, en Sonora se consolidó una propuesta para reformar el tipo penal de feminicidio en la legislación local. Sin embargo, para la sociedad civil es importante homologar los criterios del delito y priorizar a las víctimas directas e indirectas por medio de procesos eficaces.
En México, la dificultad que supone la falta de homologación del feminicidio a nivel nacional ha acarreado problemas como un inadecuado registro de esta violencia, lo que ha abonado a que decenas de casos queden en la impunidad.
En ese sentido, el estado de Sonora propuso una iniciativa que pretende incluir y modificar diversas razones de género que constituyen agravantes del feminicidio, contenidas en el tipo penal regulado en el artículo 263 Bis 1 del Código Penal del estado, en un intento por clasificar de mejor manera el delito.
No obstante, para que las modificaciones sean efectivas, Sonora –así como todos los estados del país– debe homologar criterios para garantizar un solo marco normativo que regule el delito de feminicidio y dé un tratamiento igualitario a todas las víctimas, destaca la Red Todos los Derechos para Todas y Todos (Red TDT).
La falta de homologación, el contexto de violencia y la limitada existencia de protocolos de investigación con perspectiva de género contribuyen a la “ruta de impunidad y obstaculizan el acceso a la justicia para las mujeres víctimas de feminicidio”, señala la red.
Urgente atender problema de fondo
El Observatorio Ciudadano Nacional del Feminicidio (OCNF) emitió una serie de recomendaciones en las cuales describe que, si bien es importante una mejor regulación en beneficio de las víctimas, es trascendental no invisibilizar el problema de fondo que impide el acceso a la justicia.
“Antes de una reforma al tipo penal, resulta urgente y necesario realizar un análisis y una propuesta de mejora para las fiscalías de investigación, de tal forma que puedan contar con la infraestructura y con el personal necesario y capacitado para realizar investigaciones con debida diligencia y con perspectiva de género”, sentenció el Observatorio.
El OCNF resaltó también que si se busca mejorar la regulación establecida en el tipo penal, es imperante un estudio de derecho comparado que tome en cuenta a todas las legislaciones, tanto las estatales como la federal; además, remarcó que el aumento de agravantes y penas no es en realidad una medida efectiva para la prevención o erradicación del delito.
Lo anterior, con el fin de revisar las razones de género bajo un sentido y finalidad de mejora regulatoria, “lo que implica analizar todas y cada una de dichas razones de género, las fracciones que las regulan, así como aquellas que no se encuentran reguladas dentro del estado”.