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El discurso de las autoridades ante la revicitimización de las víctimas por violencia feminicida

Por Cirenia Celestino Ortega

Los observatorios de medios señalan que las instituciones de gobierno son las principales fuentes de información de las noticias. Esto por supuesto, impacta en la información que llegará a la audiencia, el dicho que se reproducirá, la voz y personajes conocidos, así como las opiniones que estos protagonistas tienen sobre la realidad. Entonces, si son los funcionarios públicos las voces principales en las noticias sobre violencia machista ¿qué impacto tiene el que estos funcionarios, gobernadores o fiscales sean los primeros en cometer revictimización?

Ante este escenario preocupa la falta de pluralidad cuando se trata de la violencia contra las mujeres porque los funcionarios públicos son el 77 por ciento de las voces. Tan solo hace apenas 10 años los agresores tenían 4 veces más espacio en las noticias para justificar por qué asesinaban a las mujeres. Hoy las mujeres, familiares y acompañantas tienen 2 de cada 10 noticias para reclamar su derecho al acceso a la justicia. Tal es el caso de Uriel Carmona Gándara, fiscal de Morelos cuando negó que se tratara de un feminicidio el caso de Ariadna. 

Pero el caso de Ariadna es solo una parte actual de la terrible realidad para el acceso a la justicia para las mujeres. 

De acuerdo con la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia (Cap. V, art. 21) la violencia feminicida es la forma extrema de violencia de género contra las mujeres, producto de la violación de sus derechos humanos conformada por el conjunto de conductas misóginas que pueden conllevar impunidad social y del Estado.

De esta forma se determina que el Estado también es responsable por la impunidad en estos casos. Por ejemplo, durante la Sentencia de Campo Algodonero (CoIDH, 2009) y la sentencia Mariana Lima Buendía (SCJN, 25 de marzo de 2015). Además en dicha Ley, se establece que todas las muertes violentas de mujeres se deben investigar como feminicidio y juzgar con perspectiva de género. 

Si nos remitirmos al Código Penal Federal, además de señalar las razones de género para acreditar un feminicidio (art. 325) también establece que “al servidor público que retarde o entorpezca maliciosamente o por negligencia la procuración o administración de justicia se le impondrá pena de prisión de hasta ocho años, además será destituido e inhabilitado por hasta diez años para desempeñar otro cargo público.

En el caso de Ariadna la Fiscalía General de Morelos tenía los elementos suficientes para determinar que se había perpetrado el delito de feminicidio. Sin embargo, optaron por revictimizarla afirmando que su estilo de vida había sido el causante de su muerte, tal como ha ocurrido en casos donde se asegura que las mujeres se suicidan o caen “accidentalmente” en cisternas, tal como se dijo de Debanhi Escobar, víctima de feminicidio en Nuevo León.

Lo mismo sucedió cuando el procurador de la Ciudad de México, Rodolfo Ríos Garza, ya que tuvo que disculparse por los tuits emitidos acerca del feminicidio de Lesvy en la UNAM en 2017 o el señalamiento del fiscal general de Baja California, Guillermo Ruiz Hernández, al referirse a los tatuajes de Danna Miriam, sobre su feminicidio ocurrido en Mexicali el 22 de agosto 2020. Y tantos casos más.

Las declaraciones de las autoridades son en sí mismas una violación a los derechos de las víctimas. Su responsabilidad o falta de ella es clave no solo en la difusión de información sino también en la criminalización y cuestionamiento de la violencia. Así se configura una cadena de permisividad, no solo por no capturar a los feminicidas, sino porque con su dicho, las autoridades, responsabilizan a las mujeres de la violencia que vivimos y su inacción permite que vuelva a suceder.

Tal es el caso de Mónica Citlalli Días Reséndiz, asesinada por Jesús A. en Ecatepec, Estado de México. Al presunto agresor ya se le habían hecho señalamientos previos por otra agresión a una pareja un año atrás.

La obligación de las autoridades es garantizarnos el derecho a una vida libre de violencia, el acceso a la justicia, la reparación y la no repetición. 

El periodismo de paz para las mujeres puede acercar a las víctimas a ello, cuestionar a la autoridad para que cumpla con su responsabilidad y velar porque cada feminicidio sea investigado con perspectiva de género en defensa del derecho a la dignidad de las víctimas.  

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