Inicio Agenda #Última Hora: Suprema Corte invalida Plan B de AMLO «por violaciones graves al proceso» cuando se votó

#Última Hora: Suprema Corte invalida Plan B de AMLO «por violaciones graves al proceso» cuando se votó

Por La Redacción

Ciudad de México.- Este lunes 8 de mayo, ministros y ministras de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) decidieron anular la primera parte del llamado Plan B de la reforma electoral. Con ello, quedan anuladas las reformas aprobadas en febrero de este 2023 que modificaban las Leyes Generales de Comunicación Social y de Responsabilidades Administrativas.

La decisión de la SCJN se dio en una votación de nueve a favor y dos en contra. Las únicas ministras que se posicionaron en contra del proyecto fueron Yasmín Esquivel Mossa y Loretta Ortiz Ahlf, para quienes no existen motivos suficientes que acrediten que se violó el proceso legislativo al aprobar estas reformas a las leyes.

Esquivel Mossa argumentó que la urgencia con la que esta parte del Plan B fue discutida es una práctica común en México. Por su parte, Ortiz Ahlf reconoció que, en efecto, hubo algunas violaciones al proceso legislativo como el hecho de que el dictamen llevado al pleno no fue discutido por Comisiones Unidas en el Senado. Aun así, declaró que estas situaciones «no tienen un potencial invalidante».

A pesar de estos argumentos, la mayoría de ministras y ministros votó a favor de anular la primera parte del Plan B. Esta votación estuvo basada en diversas irregularidades documentadas desde el planteamiento del proyecto de reformas hasta su aprobación final por parte del Senado de la República.

En primer lugar, de acuerdo con el proyecto presentado por el ministro Alberto Pérez Dayán, el dictamen llevado al pleno de la Cámara de Diputados y aprobado por San Lázaro el 6 de diciembre de 2022 no fue el mismo que se publicó en la Gaceta Parlamentaria previamente. Esto se debe a que, de último momento, la bancada del Movimiento de Regeneración Nacional (Morena) realizó modificaciones a la iniciativa que no fueron discutidas.

Por otro lado, según explicó Pérez Dayán, el grupo parlamentario argumentó un supuesto trámite de urgencia al presentar el proyecto para su votación, pero no ofreció las razones de dicha emergencia tal como establece el Reglamento de la Cámara de Diputados. Esto provocó que las y los diputados no tuvieran tiempo de analizar la iniciativa con las modificaciones realizadas.

Además de esto, hubo otra violación al proceso legislativo en la Cámara de Senadores. Aquí, las comisiones encargadas de analizar la propuesta de reforma eran dos Comisiones Unidas: la Comisión de Gobernación y la Comisión de Estudios Legislativos, Segunda. No obstante, la única que sesionó y aprobó la propuesta fue la Comisión de Gobernación, violando así el Reglamento del Senado.

El proyecto votado el día de hoy en la SCJN estuvo basado en diversas acciones de inconstitucionalidad promovidas por el Partido de la Revolución Democrática (PRD), el Partido Revolucionario Institucional (PRI), el Partido Acción Nacional (PAN) y Movimiento Ciudadano, así como un partido político de Jalisco denominado Hagamos.

Al abordarlo también se tocaron otros temas como la falta de apertura a un parlamento abierto y la ausencia de una consulta a las comunidades indígenas antes de aprobar el Plan B. Sin embargo, se determinó que no se violó ninguna ley al no llamar al parlamento. Por otra parte, hubo opiniones divididas respecto a la consulta de las comunidades indígenas.

Si bien Pérez Dayán afirmó que esto no debía cumplirse porque las reformas no afectan directamente a esta población, otros ministros como Arturo Zaldívar Lelo de Larrea abogaron por una interpretación más amplia del problema. Aún con estas diferencias, el proyecto presentado por Alberto Pérez Dayán fue aprobado en lo general, quedando así anulada parte de una de las legislaciones más importantes para el gobierno de Andrés Manuel López Obrador.


Cómo se aprobó el Plan B en el Senado el 15 de diciembre del 2022

En medio de un debate maratónico y de múltiples controversias, el Senado de la República aprobó el Plan B de la Reforma Electoral propuesta por el presidente Andrés Manuel López Obrador, con un total de 68 votos a favor, 50 en contra y en medio controversias en las que se señalaron diversos retrocesos, entre ellos afectaciones a la Ley 3 de 3. 

De esta forma se aprobó reformar la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, la Ley General de Partidos Políticos y la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, además se expedirá la Ley General de los Medios de Impugnación en Materia Electoral. 

El dictamen que se votó en el Senado constó de más de 700 páginas proveniente de la Cámara de Diputados. Ese fue aprobado en primera instancia por las comisiones de Estudios Legislativos y de Gobernación del Senado, quienes realizaron casi un centenar de cambios a la minuta original.

Así, el dictamen pasó al pleno en medio de debates que acusaron lo anterior como un proceso antidemocrático y un dictamen aprobado de manera inconstitucional. Una de las senadoras que recurrió a estos argumentos fue Beatriz Paredes, quien solicitó a la mesa directiva del Senado de la República retirar el dictamen a discusión. Sin embargo, su solicitud fue rechazada.

Antes de iniciar con los votos individuales y la exposición de posturas, también se dio a conocer la presentación de tres mociones para retirar el dictamen. No obstante, tal como sucedió con la propuesta de la senadora Paredes, se votó en contra de ellas y se dio luz verde para iniciar con la discusión y la posterior votación del llamado Plan B.

El debate en el pleno

El senador del partido Morena, Ricardo Monreal en su posicionamiento ante el pleno emitió un mensaje contundente al perfilar su voto particular en contra del Plan B y señaló que fue “un asunto estrictamente personal” y con ello se desmarcó de su bancada, además aceptaría las consecuencias que esta situación le genere.

Por su parte el senador Emilio Álvarez Icaza Longoria en su turno frente al pleno pidió que se revisara lo que se pretendía votar en lo que determinó “procesado en las rodillas” y advirtió de situaciones de las que “no se han dado cuenta” por no tener tiempo de leer el dictamen, como la de instalar consejos distritales pasadas ya las elecciones. 

Reforma electoral y los riesgos de los avances en materia de género

Durante la discusión del dictamen, el senador Miguel Ángel Osorio Chong aseveró que esta Reforma Electoral representa un retroceso en materia de género. “Se les olvida las batallas para aprobar la paridad de género que permitió que hoy la mitad de estos escaños estén ocupados por mujeres. Compañeras, les hablo a todas: lo que van a votar es un agravio y un gran retroceso para su participación política. Hay que leer esta iniciativa.”

Tal como señaló Osorio Chong, el dictamen presentado por las comisiones de Gobernación y de Estudios Legislativos dejaba en manos de las diligencias de los partidos la decisión de seguir los principios de paridad, borrando así su obligatoriedad.

Ante esto, la senadora Martha Lucía Mícher Camarena presentó una reserva para eliminar la frase «conforme a la estrategia electoral de cada partido» y el párrafo tercero del artículo 11 bis de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, para garantizar que los partidos políticos respeten la paridad de género.

«Un tema nos llamó la atención a las mujeres del Senado, proponemos que en la propuesta se elimine la última parte, porque han habido una serie de decisiones dentro de los partidos políticos que vulneran nuestros derechos político-electorales. Han demostrado prácticas injustas y han transgredido nuestros derechos. No podemos afectar a las mujeres y restringir el derecho a acceder con plenitud a sus derechos», argumentó Mícher Camarena. 

Entre los principales señalamientos que se han hecho a la iniciativa, se acusó que el Plan B restringía la facultad de sanción del Instituto Nacional Electoral sobre conductas cuya facultad corresponda a otras autoridades, fiscales o administrativas y su posibilidad de vincularlas con conductas electorales.

En este sentido, se estableció que las autoridades electorales, administrativas y jurisdiccionales no pueden condicionar el ejercicio de los derechos o prerrogativas político-electorales de la ciudadanía solicitando requisitos adicionales a los que expresamente determinan la Constitución y la ley, por ejemplo, para el registro de candidaturas.

Lo anterior quedaría asentado en el artículo 5 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, y tanto diputados como senadores coincidieron en su adhesión. 

Consulta la nota completa de la sesión por la que hoy la Suprema Corte invalidó esa votación:

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